Acuerdo Nº 12 de 3 de octubre de 2006, POR MEDIO DEL CUAL EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTIAGO DECLARA MORATORIA EN BENEFICIO DE LOS CONTRIBUYENTES QUE SE ENCUENTREN EN MORA EN EL PAGO DE IMPUESTOS, DERECHOS, TASAS Y MULTAS EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO A PARTIR DEL 3 (TRES) DE OCTUBRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006

MUNICIPIO DE SANTIAGO

CONSEJO MUNICIPAL

ACUERDO No. 12

DEL 03 DE OCTUBRE DE 2006

POR MEDIO DEL CUAL EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTIAGO DECLARA MORATORIA EN BENEFICIO DE LOS CONTRIBUYENTES QUE SE ENCUENTREN EN MORA EN EL PAGO DE IMPUESTOS, DERECHOS, TASAS Y MULTAS EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO A PARTIR DEL 3 (TRES) DE OCTUBRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006.

EL HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTIAGO EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y;

CONSIDERANDO:

Que actualmente existe un alto índice de morosidad en el pago de impuestos, derechos, tasas y multas en el Municipio de Santiago.

Que la situación económica y financiera por la que atraviesa el país a nivel Nacional y Local, exige que se adopten medidas pendientes a incrementar a corto plazo la recaudación de ingresos.

Que el Municipio de Santiago requiere aumentar la recaudación de sus impuestos, de tal forma que le permita el logro de su normal funcionamiento administrativo y el desarrollo de actividades en beneficio de la comunidad.

Que con la implementación de la creciente moratoria, se incentiva a los contribuyentes a cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, y a la vez se hace menos pesada la carga de la misma.

Que de conformidad con la ley 106 de 1973, reformada por la ley 52 de 1984, artículo 57, numeral 18, es atribución del Tesorero Municipal, “presentar al Concejo Proyectos de acuerdos declarando moratoria o regímenes especiales para el cobro de impuestos.

Que de acuerdo al artículo 14 de la Ley 106 de 1973, reformada por la Ley 52 de 1984, “Los Consejos Municipales regularán la vida Jurídica de los Municipios por medio de acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del respectivo Distrito”.

ACUERDA:

PRIMERO: Declárese moratoria en beneficio de los contribuyentes que se encuentren en mora en el pago de impuestos, derechos, tasas y multas en el Municipio de Santiago a partir del 03 (tres) de octubre al 31 de diciembre del 2006.

SEGUNDO: Esta moratoria consiste en:

a)- Cancelar la totalidad de los Impuestos Municipales por actividad comercial, sin recargo, ni intereses.

b)- Cancelar la totalidad del impuesto de circulación (placa) sin recargos ni multas.

c)- Cancelar la totalidad de multas sin desacato.

PARÁGRAFO: Los contribuyentes deberán pagar el total de la morosidad en un solo pago o mediante arreglo de pago en un máximo de diez (10) letras más el mes corriente.

TERCERO: Los contribuyentes que estén litigando impuestos, tasas y multas ante cualquier...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR