Acuerdo Nº 018-09 de 27 de abril de 2009, 'POR EL CUAL EL CONSEJO MUNICIPAL DE BALBOA APRUEBA TABLAS DE MULTAS POR CONSTRUCCIONES Y OCUPACIONES SIN LOS RESPECTIVOS PERMISOS MUNICIPALES'.

Rep�blica de Panam�

Municipio de Balboa

Acuerdo No.018-09

De 27 de abril de 2009

"Por el cual el Consejo Municipal de Balboa aprueba tablas de multas por construcciones y ocupaciones sin los respectivos permisos municipales"

El Consejo Municipal del Distrito de Balboa

En uso de sus facultades Legales

CONSIDERANDO

El Ingeniero Municipal ha manifestado su preocupaci�n por la gran cantidad de construcciones que se est�n desarrollando dentro de la jurisdicci�n del Municipio de Balboa, algunas de las cuales no cuentan con los permisos de construcci�n, ni de ocupaci�n.

Que el Municipio de Balboa en su r�gimen impositivo estableci� el porcentaje a pagar para esta actividad, sin embargo dada la situaci�n geogr�fica dispersa y de dif�cil acceso de las comunidades de este distrito el Ingeniero Municipal se hace muy complicado realizar las inspecciones.

Que se hace necesario establecer una tabla de multas que permita al Municipio aplicar a aquellas personas que no cumplan con los requerimientos en materia de construcci�n, a fin de que adem�s de los impuestos que les corresponda pagar se les palique una multa por el incumplimiento de la obligaci�n impositiva municipal.

Que el Consejo Municipal es consciente que este nuevo proceso requiere de un per�odo de divulgaci�n y conocimiento, por lo que se ha considerado oportuno otorgar un per�odo de gracia para aquellas personas que durante los �ltimos cinco a�os hayan realizado construcciones sin los debidos permisos procedan a tramitar los permisos correspondientes.

ACUERDA

Art�culo 1

Aprobar la tabla de multas aplicables por construcciones realizadas dentro del Municipio de Balboa sin tramitar y obtener los permisos correspondientes, (Anexo No.1).

Art�culo 2

Aprobar la tabla de multas aplicables por ocupaciones realizadas, dentro del Municipio de Balboa, sin tramitar y obtener los permisos de ocupaci�n correspondientes (Anexo No.2).

Art�culo 3

Se otorgar un periodo de gracia de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia para que todas aquellas construcciones realizadas dentro de los �ltimos cinco (5) a�os que no hayan cumplido con este requerimiento, a fin de que procedan a realizar los tr�mites de registro y pagos, a fin de evitar la multa correspondiente.

Art�culo 4

Informar del presente Acuerdo a las Corregidores y dem�s autoridades locales, a fin de procedan a poner en conocimiento a la poblaci�n y hacer...

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