Resolución Nº 107 de 6 de diciembre de 2007, "POR LA CUAL SE EXPIDE CARTA DE NATURALEZA A FAVOR DE LOURDES ISBELIA VENTURA RIVERA"

República de Panamá

ÓRGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN Y NATURALIZACIÓN

RESOLUCIÓN NÚMERO 107 PANAMÁ ,6 DE DICIEMBRE DE 2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que LOURDES ISBELIA VENTURA RIVERA nacional de EL SALVADOR, mediante

apoderado legal, solicita al Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Gobierno y

Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que

establece el ordinal 2o. del artículo 10 de la Constitución Política y la Ley 7a. del 14 de

marzo de 1980.

Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:

  1. Cinco Declaraciones Extrajudiciales de testigos, rendidas ante el Juzgado Primero de

    Circuito, del Segundo Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, donde establecen que

    conocen a la peticionaria y que ha residido en el país por más de tres años.

  2. Certificación expedida por la Dirección Nacional de Migración y Naturalización,

    donde consta que la peticionaria, obtuvo Permiso Provisional de Permanencia,

    autorizado mediante Resolución No. 4546 de 24 de agosto de 2000.

  3. Certificación expedida por la Dirección Nacional de Cedulación, donde consta que

    la peticionaria obtuvo, cédula de identidad personal No. E-8-84792.

  4. Certificado de Matrimonio en el exterior, expedido por la Dirección General del

    Registro Civil, inscrito en el Tomo 12, Partida 1974, donde se comprueba el vínculo

    existente entre el panameño Waldemar González Mojica y la peticionaria.

  5. Certificado de Nacimiento expedido por la Dirección General del Registro Civil,

    inscrito en el Tomo 127, Partida 1106 de la Provincia de Chiriquí, donde se

    comprueba la nacionalidad del cónyuge de la peticionaria.

    .f) Certificado de Buena Salud, expedido por el Dr. Marcel Penna Franco.

  6. Copia autenticada del pasaporte del país de origen, a nombre de la peticionaria,

    donde se acredita su nacionalidad.

  7. Copia de la Resolución No. 378 de 21 de junio de 2004, expedidas por el Tribunal

    Electoral.

  8. Informe rendido por el Director Nacional de...

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