Nota Marginal de Advertencia N° S/N. Sobre la entrada 362505-2017, que afecta a la sociedad anónima denominada “grupo o & b, s.a.”, inscrita al folio mercantil no. 155654289, desde el 25 de agosto de 2017.

Fecha de publicación06 Septiembre 2023
Fecha02 Agosto 2023
EmisorREGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ
No. 29862 Gaceta Oficial Digital, miércoles 06 de septiembre de 2023 1
NOTA MARGINAL DE ADVERTENCIA
REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ: Panamá, dos (2) de agosto de dos mil veintitrés
(2023).
Se ha presentado solicitud por parte del licenciado LUIS CARLOS MOCK, abogado, con
cédula de identidad personal No. 3-85-926, apoderado especial del señor HUICI CHEN,
con cédula de identidad No. N-21-2431, representante legal de la sociedad anónima
denominada
GRUPO
O & 8, S.A., inscrita a Folio Mercantil No. 846321 del Registro
Público de Panamá, en la que se solicita Nota Marginal de Advertencia sobre la sociedad
anónima denominada
GRUPO
O & 8, S.A., inscrita a Folio Mercantil No.155654289.
De acuerdo con la solicitud presentada y de conformidad con el estudio registra!
efectuado, se advierte que se inscribió por error
la
Entrada 362505-2017, contentiva de la
Escritura Pública No. 11865 de 7 de agosto de 2017, de
la
Notaría Octava del Circuito de
Panamá, por la cual se protocoliza el Pacto Social de la sociedad anónima denominada
GRUPO
O & 8, S.A. , inscrita al Folio Mercantil 155654289, existiendo previamente desde
el 13 de octubre de 2014, la sociedad denominada
GRUPO
O & 8, S.A., inscrita al Folio
Mercantil No. 846321
En virtud de lo anterior, se desprende el hecho, de que procede la NOTA MARGINAL DE
ADVERTENCIA, toda vez que, entre ·
1os
requisitos exigidos
por
la Ley 32 de 26 de
febrero de 1927,
que
regula la constitución de las sociedades anónimas en Panamá,
dispone
que
el Nombr.e no será igual o parecido al de otra Persona Jurídica preexistente
para evitar confUétos de derechos y obligaciones, como lo manifiesta el numeral del
artículo 2°, que a la letra señala:
"ARTICULO
. Las personas que deseen constituir una
sociedad anónima suscribirán un pacto social, que deberá
contener:
1 º
...
El nombre de la sociedad, que no será igual o parecido
al
de
otra sociedad preexistente de tal manera que se preste
a confusión. ·
En virtud de lo expuesto,. esta institución considera
que
procede la Colocación de Nota
Marginal
de
Advertencia, en atención a lo normado en el artículo 1790 del Código Civil.
POR LOS MOTIVOS EXPUESTOS ESTE DESPACHO ORDENA:
Colocar
una Nota
Marginal de Advertencia sobre la Entrada 362505-2017, que afecta a la sociedad
anónima denominada "GRUPO O &
8,
S.A.", inscrita al Folio Mercantil No. 155654289,
desde el 25 de agosto de 2017.
Esta Nota Marginal no anula la inscripción, pero restringe los derechos del dueño de tal
manera,
que
mientras no se cancela o se practique, en su caso la rectificación, no podrá
hacerse operación alguna posterior, relativa al asiento de que se trata.
Si por error se inscribiera alguna operación posterior, será nula.
FUNDAMENTO
DE
DERECHO: Artículo 1790 y 1795 del Código Civil.
CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE
·
~~G--
seetariadeAsesoría
Legal/me
Entrada 301900-2023
~
l.P\
tfJ
Tel.
Central 501-6000 -Calle 67 A Este, Vía España , frente
al
Hospital San Fernando
Apartado.Postal 0830-1596 Panamá, República de Panamá -www.registro-publico.gob.pa

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