Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 4ª de Negocios Generales, 2 de Abril de 2008

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2008
EmisorSala Cuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema, conoce del exhorto librado por el Juzgado de Primera Instancia No.5 de Las Palmas de Gran Canaria, España dentro de la demanda de divorcio interpuesta por R.E.Z.P. contra G.M.D.A..

El presente exhorto fue remitido a esta Superioridad por la Dirección de Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante nota A.J. No.80. de 14 de enero de 2008.

El artículo 100, numeral 3 del Código Judicial establece que la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, es el ente idóneo para A. los exhortos y comisiones rogatorias librados por tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o tribunal que debe cumplirlo@.

El objetivo del exhorto, consiste en la notificación de la demanda de divorcio a:

AGLORIA MELINA DIAZ ALVAREZ

Barriada Barbarena

Santiago, Provincia de Veraguas

Tel. 998-1371

República de Panamá@

Con el objeto de decidir sobre la viabilidad de esta solicitud se procede a examinar si la misma cumple con los requisitos de orden formal para estos casos, de conformidad con nuestra legislación y los convenios internacionales aplicables a esta materia.

Cabe señalar que la República de Panamá y la República de España, son países suscriptores de la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, ratificada en nuestro ordenamiento jurídico, mediante Ley 12 de 23 de octubre de 1975, así como del Protocolo Adicional a dicha Convención, mediante el cual se facilita la cooperación internacional en materia de procedimientos judiciales.

Luego de un estudio de la documentación aportada, no se observa vicios que vulneren nuestro ordenamiento jurídico interno, ya que se pudo constatar que la asistencia judicial solicitada consiste en una notificación, un acto de mero trámite, que se encuentra claramente estatuido en el...

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