Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 3 de Octubre de 2008
Ponente | Winston Spadafora Franco |
Fecha de Resolución | 3 de Octubre de 2008 |
Emisor | Cuarta de Negocios Generales |
EXHORTO, L. POR EL JUZGADO CATORCE DE
FAMILIA DE BOGOTÁ, COLOMBIA, DENTRO DEL PROCESO DE DIVORCIO CONTENCIOSO N
2005-1293, DE M.H.G.A.C.J.F.Z..
PONENTE: W.S. FRANCO. -PANAMÁ, TRES (3) DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO (2008).
Tribunal: Corte Suprema de
Justicia, Panamá
Sala: Cuarta de Negocios Generales
Ponente: Winston Spadafora Franco
Fecha: 3 de Octubre de 2008
Materia: Exhorto / carta rogatoria
Notificación
Expediente: 476-08
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color:black;'>VISTOS
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;color:black;'>:
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;color:black;'>A través de la Nota A.J. No.1201
suscrita por la Subdirectora General de
Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestra
República, ha ingresado a la Sala Cuarta de Negocios Generales, de la Corte
Suprema, exhorto librado por el Juzgado
Catorce de Familia de Bogotá, Colombia, dentro del proceso de divorcio contencioso No.2005-1293,
interpuesto por MARÍA HELENA GIRALDO
ARISTIZÁBAL contra JUAN
FRANCISCO ZAMBRANO.
0in;margin-left:.5in;margin-bottom:.0001pt;text-align:justify;'>
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color:black'>El suplicatorio bajo análisis tiene como objeto que se certifique sobre la estadía y permanencia
de M.H.G.A.Y.L.C.H. los días 14, 15 y 16 de agosto de 2004, en
el HOTEL INTERCONTINENTAL, MIRAMAR PLAZA, avenida B., ciudad de Panamá.
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;color:black;'>Procede este ente colegiado a
verificar la existencia de convenios internacionales que rijan, tanto a la
nación colombiana como a la panameña, relativos a la materia, pudiendo
constatar que ambas Repúblicas son parte de la Convención Interamericana sobre
Exhortos o C.R., aprobada
a través de la Ley 12 de 23 de octubre de 1975, así como también de la
Convención Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero aprobada
en Panamá mediante la Ley No. 13 de veintitrés (23) de octubre de mil
novecientos setenta y cinco (1975).
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;color:black;'>El artículo 2 de la Convención
Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias preceptúa:
"ARTÍCULO 2: La presente Convención se
aplicará a los exhortos o cartas rogatorias expedidos en actuaciones y procesos
en materia civil o comercial por...
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