Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial, 31 de Agosto de 2007

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2007
EmisorTribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial

VISTOS:

La Directora General de Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Nota A.J. Nº 1279 de 31 de mayo de 2007, nos remite el exhorto librado por la Corte del Distrito de Lousiana, relativo a la Acción Civil No.07-1086, interpuesto por UBS FINANCIAL SERVICES INC., contra SARMA, S.A., para su trámite en el territorio nacional.

El artículo 100 numeral 3 del Código Judicial establece que la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia , es el ente idóneo para "Recibir los exhortos y comisiones rogatorias librados por Tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o Tribunal que debe cumplirlo".

El examen de la rogatoria permite apreciar que su objetivo consiste en: la notificación a la señora S.R.S., con domicilio en Calle 43, Bella Vista 9, Panamá, a su vez se le informa que ha sido nombrada como demandada en un asunto civil pendiente en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Este de Lousiana y se le cita a contestar la demanda por daños civiles, tal como consta en el Formulario B del Protocolo Adicional a la Convención Interamericana Sobre Exhortos o Cartas Rogatorias.

Con el objeto de decidir sobre la viabilidad de esta solicitud, procede la Sala a examinar si cumple con los requisitos de orden formal para estos casos, de conformidad con nuestra legislación y convenios internacionales sobre la materia.

Cabe señalar que la República de Panamá así como los Estados Unidos de América, son países suscriptores de la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, ratificada en nuestro ordenamiento jurídico, mediante Ley 12 de 23 de octubre de 1975, así como del Protocolo Adicional a dicha Convención, mediante el cual se facilita la cooperación internacional en materia de procedimientos judiciales.

Los documentos provenientes de la Corte de Distrito de Lousiana, Estados Unidos de América, en el proceso instaurado por UBS FINANCIAL SERVICES INC., contra SARMA, S.A., han sido remitidos a esta Superioridad y se incluyen...

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