Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 25 de Noviembre de 2013

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2013
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: La licenciada M.M.G., actuando en su propio nombre y representación, ha interpuesto ante la S. Contencioso Administrativa de la Corte Suprema, demanda contencioso administrativa de nulidad, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución N° AL-002-11 de 5 de enero de 2011, dictada por el Ministerio de Obras Públicas (MOP). El Magistrado Sustanciador procede a examinar el libelo de demanda, en vías de determinar si cumple con los requisitos que hacen viable su admisión, y en este punto advierte que el demandante ha incluido una solicitud especial a fin de que sean suspendidos, provisionalmente, los efectos del acto administrativo censurado. PETICIÓN DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL La solicitud de medida cautelar, es sustentada por la postulante, en los siguientes términos: "Una vez realizado un análisis exhaustivo de la Resolución Administrativa demandada de ilegal, logramos constatar que la misma puede ser identificada de manera clara, manifiesta y notoria con 2 de los 5 motivos de ilegalidad descritos por el artículo 52 de la Ley 38 de 31 de julio de 2000, refiriéndonos específicamente a los motivos siguientes: "2. Si se dictan por autoridades incompetentes" "4. Si se dictan con prescindencia u omisión absoluta de trámites fundamentales que impliquen violación del debido proceso." En vista de una clara violación de los numerales 2 y 4 del artículo 52 de la Ley 38 de 31 de julio de 2000, ha quedado demostrado que la presente demanda consta la con la apariencia de buen derecho (fumus boniu iuris). Probado lo anterior, es oportuno indicar que en la actualidad existen más de 40 compañías inscritas en la Unión de Productores de Publicidad Exterior, y unas 50 más dedicadas a la publicidad exterior. Según datos publicados por la Contraloría General de la República de Panamá, la actividad denominada "publicidad exterior", refiriéndose al negocio de las vallas publicitarias, generó en el año 2008, más de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.14,900,000.00), para las empresas privadas que ejercían dicha actividad. De acuerdo al artículo publicado por el periódico "La Estrella" el día 15 de abril de 2011, la Contraloría General de la República de Panamá, reveló que para el año 2010 se invirtieron más de VEINTE MILLONES DE BALBOAS CON 00/100 (B7:20,000,000.00), por empresas del sector privado e instituciones gubernamentales, en la promoción de productos y servicios mediante el mercado de la Publicidad Exterior. Consideramos...

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