Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 22 de Abril de 2015

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución22 de Abril de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El COLEGIO NACIONAL DE ABOGADOS, ha presentado ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, demanda contencioso administrativa de nulidad, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución N° 24,587 de 12 de agosto de 2014, emitida por el Director General del Servicio Nacional de Migración. Por medio de la resolución calendada el 13 de octubre de 2014 (f.57), se admite la demanda incoada, y se ordena correrle traslado al Director General del Servicio Nacional de Migración, así como al Procurador de la Administración, para que en el término de cinco (5) días, emitiesen sus descargos. Ahora bien, en un minucioso recorrido procesal realizado al expediente de la causa, observamos que la presente demanda tiene como génesis la Autorización del inicio de trámites migratorios de legalización, a través del Décimo Quinto (XV) Proceso de Regularización Migratoria Extraordinaria, denominado "Panamá, C. de Razas", dirigido a aquellos extranjeros radicados en la República de Panamá, dispuesta en la Resolución demandada, esto es, la Resolución N° 24,587 de 12 de agosto de 2014, emitida por el Director General del Servicio Nacional de Migración, y publicada en Gaceta Oficial N° 27,604 de 21 de agosto de 2014. Vemos entonces, que mediante la Resolución en mención N° 24,587 de 12 de agosto de 2014, publicada en Gaceta Oficial N° 27,604 de 21 de agosto de 2014 (visible de fojas 24 y vuelta), el Director General del Servicio Nacional de Migración, además de dicha autorización, resolvió lo siguiente: "ARTÍCULO 2: El Décimo Quinto (XV) Proceso de Regularización Migratoria Extraordinaria, denominado "Panamá, C. de Razas" dirigido a los migrantes en toda la República de Panamá, se llevará a cabo en horario de nueve de la mañana (9:00 A.M.) a siete de la noche (7:00 P.M.), en el GIMNASIO R.D., ubicado en el corregimiento de J.D., provincia de Panamá, del jueves 2 de octubre al domingo 12 de octubre de dos mil catorce (2014)." (el subrayado y resaltado corresponde a esta Magistratura) Que en ese sentido, la pretensión de quienes recurre, se ha visto perfeccionada al asignarse un término específico para la realización de dicho Décimo Quinto (XV) Proceso de Regularización Migratoria Extraordinaria, denominado "Panamá, C. de Razas", cuyo Artículo 2 de la Resolución impugnada N° 24,587 de 12 de agosto de 2014, publicada en Gaceta Oficial N° 27,604 de 21 de agosto de 2014, emitida por el Director General del Servicio Nacional de Migración, estableció las fechas...

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