Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 2 de Marzo de 2015

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: La firma R. y R., en representación de ALQUI-EPUIPOS, S.A., tercero interesado, ha presentado recurso de apelación contra la Resolución de 29 de mayo de 2014 que admite la demanda contencioso administrativa de nulidad interpuesta por el licenciado R.A., actuando en nombre y representación de ROXANA MÉNDEZ (Alcaldesa del Municipio de Panamá), para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. C.Co. 048-12 de 3 de septiembre de 2012, emitida por la Gobernación de la provincia de Panamá. La firma R. y R. fundamenta su recurso de apelación señalando que la presente demanda es inadmisible porque el acto administrativo constituye un acto excluido de la competencia y de la Jurisdicción de esa Honorable Sala de lo Contencioso Administrativo de acuerdo al numeral 2 del artículo 28 de la Ley 135 de 1943, modificado por al Ley 33 de 1946 que dispone que no son acusables ante la jurisdicción contencioso administrativa las "resoluciones que se dicten en los juicios de policía de naturaleza penal o civil". Por su parte, el licenciado R.A. en su escrito de oposición al recurso de apelación, le solicita al resto de los Magistrados que conforman la Sala que rechacen la pretensión del recurrente en grado de apelación, pues la resolución que se impugna a través del recurso de apelación fue dictada por los Magistrados que integran el resto de la Sala, al resolver el recurso de apelación presentado por él mismo en contra de la resolución dictada por el Magistrado Sustanciador que dispuso no admitir la demanda de nulidad interpuesta por la ex Alcaldesa. Decisión del resto de la Sala: Advierten quienes suscriben que mediante la Resolución No. C.Co. 048-12 de 3 de septiembre de 2012, emitida por la Gobernación de la provincia de Panamá, que resuelve decretar la nulidad absoluta del proceso correccional por violación a la legislación de ordenamiento territorial para el desarrollo urbano en el que son partes el Municipio de Panamá contra ALQUI-EPUIPOS, S.A. Cabe destacar que, mediante Resolución de 28 de enero de 2014, el Magistrado Ponente no admitió la presente demanda por considerar que la parte actora expone en conjunto el concepto de la violación de las normas que aduce como infringidas. Posteriormente, el licenciado A. interpone recurso de apelación, el cual es resuelto por la Sala a través de la Resolución de 15 de mayo de 2014, por medio de la cual el resto de los Magistrados que conforman la Sala, revoca la Resolución de 28 de enero de 2014 y...

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