Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Abril de 2021

PonenteCarlos Alberto Vásquez Reyes
Fecha de Resolución12 de Abril de 2021
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Carlos Alberto Vásquez Reyes

Fecha: 12 de abril de 2021

Materia: Acción contenciosa administrativa

Nulidad

Expediente: 293942021

VISTOS:

El Licenciado J.J.C.P., quien actúa en nombre y representación del señor NOMBRE 1, ha presentado Demanda Contencioso-Administrativa de Nulidad, con el objeto que se declare nulo, por ilegal, el acto administrativo contenido en la Resolución N° ADMG-332-2019 de 18 de septiembre de 2019, emitida por la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI).

En este punto, quien sustancia procede a verificar si el Libelo de Demanda cumple con los requisitos legales y jurisprudenciales, que hagan posible su admisión.

En ese sentido, en primer lugar, se observa que mediante el acto demandado, se adjudica definitivamente a título oneroso al señor NOMBRE 2, una parcela de terreno baldía ubicada en la localidad de La Victoria, Corregimiento de Pedregal, Distrito de Boquerón, Provincia de Chiriquí.

Ahora bien, el Magistrado Sustanciador advierte que los hechos descritos por el apoderado judicial del señor NOMBRE 1, hacen referencia a que, a pesar de la existencia de una Solicitud en trámite de adjudicación y titulación del mismo globo de terreno, identificado como predio N° 00135, por parte del ahora accionante, la Autoridad demandada adjudicó éste -a través de la actuación impugnada-, al señor NOMBRE 2, creando posteriormente la Finca identificada como Folio Real N° 30327552, con Código de Ubicación N° 4207, de la Sección de Propiedad del Registro Público.

De igual forma, señala la parte actora que la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, desconoció que el Juzgado Primero Agrario de la Provincia de Chiriquí -al resolver una Solicitud de Oposición al trámite de compra efectuado por una tercera persona-, dictó la Sentencia N° 106 de 26 de diciembre de 2019, a través de la cual declaró que el señor NOMBRE 1, ostentaba mejor derecho para solicitar a la entidad demandada, la adjudicación a su favor del predio de terreno identificado como N° 00135, y ordenaba a la ANATI continuar con el trámite de titulación a favor del accionante.

En este punto, quien sustancia se percata que la parte demandante, interpuso con anterioridad ante la Sala Tercera, una Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción contra la misma Resolución N° ADMG-332-2019 de 18 de septiembre de 2019, expedida por la Autoridad...

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