Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 2 de Febrero de 2009

Número de expediente746-08
Fecha02 Febrero 2009

VISTOS: La firma Arosemena Noriega & Contreras, actuando en su propio nombre y representación, ha interpuesto formal DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, para que se declaren nulas por ilegales, las Resoluciones No. ACP-JD-RM 07-290 de 4 de diciembre de 2007 y la No. ACP-JD-RM 07-291 de 4 de diciembre de 2007, emitidas por la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá. En la Resolución No. ACP-JD-RM 07-290, de 4 de diciembre de 2007, se resolvió lo siguiente: "PRIMERO: Declarar la compatibilidad con el uso de las riberas del Canal a la empresa Parque Industrial Marítimo de Panamá, S.A. para la instalación de una planta de molienda de clinker. En consecuencia, Revocar la resolución JD-C 06-31 de 5 de diciembre de 2006. ..." Asimismo, la Resolución No. ACP-JD-RM 07-291, de 4 de diciembre de 2007, dispone como sigue: "PRIMERO: Declarar la compatibilidad con el uso del Canal a la empresa Parque Industrial Marítimo de Panamá, S.A. para la instalación de una planta de molienda de clinker. En consecuencia, Revocar la resolución JD-C 06-30 de 5 de diciembre de 2006." De igual modo, esta S. observa que se solicita la suspensión de los efectos de las Resoluciones No. ACP-JD-RM 07-290 y No. ACP-JD-RM 07-291, ambas de 4 de diciembre de 2007, tal y como se lee a foja 60 del presente expediente. I. Fundamento de la Solicitud de Suspensión: La petición especial de solicitud de los efectos de las resoluciones impugnadas ha sido fundamentada en las siguientes consideraciones: "1. Apariencia de un buen derecho (fumus boni iuris): ...La violación de las disposiciones de los Anexos I y II de la Ley No. 21 de 1997, es por lo tanto ostensible y grave, ya que a pesar de la existencia de disposiciones legales que regulan expresamente los Usos de Suelos según las Categorías de Ordenamiento Territorial en la Región Interoceánica, la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá omitió su aplicación al declarar la compatibilidad de la instalación de una Planta de Molienda de Clinker con el uso del Canal y sus riberas, específicamente en el área de la antigua Base Naval de R., por lo que nos encontramos frente a una notoria y manifiesta violación de la Ley causada por dos (2) resoluciones administrativas de inferior jerarquía. 2. Existencia de un perjuicio notoriamente grave y urgente ("periculum in mora"): ... TERCERO: Al emitir las Resoluciones Nos. ACP-JD-RM 07-290 y ACP-JD-RM 07-291, ambas de 4 de diciembre de 2007, la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá omitió la aplicación de lo dispuesto en los Anexos I y II de la Ley No. 21 de 1997, denominados Plan Regional para el Desarrollo de la Región Interoceánica y Plan General de Uso, Conservación y Desarrollo del Área del Canal, respectivamente, los cuales establecen los usos de suelo típicos para Área de la Región Interoceánica, específicamente en el globo de terreno que comprendía la antigua Base Naval de R. donde se pretende instalar la industria pesada antes mencionada. ... QUINTO: La declaratoria de compatibilidad de la instalación de una "Planta de molienda de...

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