Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 14 de Agosto de 2009

PonenteHipólito Gill Suazo
Fecha de Resolución14 de Agosto de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Los apoderados judiciales R. & Asociados en representación de I.M. RÍOS DE MORENO o I.M.R.B. presentó ante la Sala Tercera Demanda Contencioso-Administrativa de Nulidad para que se declaren nulas, por ilegales, las Resoluciones No. DN9-UTO-06370 del 23 de septiembre de 2004 y la No. DN9-UTO-00256 del 17 de enero de 2005, emitidas por la Dirección Nacional de Reforma Agraria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

Mediante los actos impugnados, la Dirección Nacional de Reforma Agraria decidió: adjudicar definitivamente a título oneroso al señor J.A. DE LEÓN ALVARADO dos parcelas de terreno, una de terreno baldío ubicada en Las Palmitas, el Corregimiento de Tebario, Distrito de Montijo, Provincia de Veraguas, con una superficie de 11 Has + 3158 m2, comprendida dentro de los linderos generales según plano No. 7505085020007 de 8 de febrero de 2000, y otra de terreno estatal patrimonial, ubicada en Angulito, el Corregimiento Llano de Catival, Distrito de M., Provincia de Veraguas, con una superficie de 19 Has + 5358 m2 comprendida dentro de los linderos generales según plano No. 7505084540003 de 8 de febrero de 2000.

Con la demanda se pretende que se declare la ilegalidad de las precitadas resoluciones, y a consecuencia de ello, se le ordene al Registro Público la cancelación correspondiente del asiento registral de las fincas inscritas a nombre del señor J.A. de León Alvarado.

Los apoderados judiciales de la parte actora fundamentan su demanda, primeramente, en el hecho que desde el año 1993, su representada I.M.R. de M. o I.M.R.B., mediante escritura pública No. 191 de 27 de febrero de 1993, su padre S.R.R., le traspasó las Fincas No. 16,735 y No. 16,736, cuyo globo de terreno en su totalidad fue adjudicado posteriormente a través de las resoluciones impugnadas a nombre del señor J.A. de León Alvarado.

Encontrándose el proceso pendiente de emitir decisión de fondo, la Sala estima que la demanda interpuesta por los apoderados judiciales de la señora I.M.R. de M. o I.M.R.B., debe declararse no viable por las consideraciones que se detallan a continuación.

La Sala Observa, que se desprende de la pretensión de la demanda que la parte actora dirige su acción en contra de un acto administrativo que afecta un derecho subjetivo, y no de toda la colectividad. Toda vez que con la actuación emitida por la Dirección de Reforma Agraria, la señora I.M.R. de M. o I.M.R.B., se ve afectada directamente porque los globos de terrenos inscritos en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR