Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 1 de Septiembre de 2008

PonenteJacinto Cárdenas M
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2008
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: Esta Sala observa, en torno a la advertencia de inconstitucionalidad presentada por la firma RIVERA, BOLÍVAR & CASTEÑADAS, que se trata de la segunda advertencia presentada ante la Sala Tercera, dentro del mismo proceso, razón por la cual, a tenor de lo previsto en el artículo 206 numeral 1 de la Constitución Política, la incidencia constitucional no puede ser remitida al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en vista que las partes sólo pueden formular advertencias de inconstitucionalidad una vez por instancia. En lo que concierne a la advertencia de inconstitucionalidad formulada por la firma forense AROSEMENA, NORIEGA & CONTRERAS, se observa que aunque la misma recae sobre un texto que ha sido recientemente modificado, esencialmente versa sobre el mismo tema jurídico (retroactividad o irretroactividad de la normativa que contiene el Plan Regional de Desarrollo de la Región Interoceánica y el Plan General de Uso de Suelo del Canal de Panamá), aspecto éste que ya ha sido examinado en el mérito y objeto de pronunciamiento por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, lo que a tenor del artículo 206 de la Constitución Política, impide su nuevo examen. En consecuencia, la Sala...

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