Resolución Nº AN No. 2009-Telco de 25 de agosto de 2008, "POR LA CUAL SE ORDENA EL ACCESO A LAS SERIES NUMÉRICAS 800-XXXX, ASIGNADAS PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO AUTOMÁTICO, DESDE LAS REDES DE LOS CONCESIONARIOS DE LOS SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR (107) Y COMUNICACIONES PERSONALES (106)".

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución AN No. 2009-Telco Panamá, 25 de agosto de 2008

"Por la cual se ordena el acceso a las series numéricas 800-XXXX, asignadas para el servicio especial de Cobro Revertido Automático, desde las redes de los concesionarios de los servicios de Telefonía Móvil Celular (107) y Comunicaciones Personales (106)"

EL ADMINISTRADOR GENERAL

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como entidad autónoma e independiente, a cargo de la correcta prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, entre otros;

  2. Que La Ley 31 de 8 de febrero de 1996 y el Decreto Ejecutivo 73 de 9 de abril de 1997 que la reglamenta, así como el Decreto 21 de 12 de enero de 1996, por la cual se reglamenta la operación del Servicio de Telefonía Móvil Celular y del Servicio de Comunicaciones Personales, y las directrices que emita la Entidad Reguladora, constituyen el régimen jurídico esencial al cual están sujetos los servicios públicos de telecomunicaciones;

  3. Que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos en cumplimiento de las normas legales antes mencionadas y previa consulta pública, adoptó, mediante Resolución No. JD- 179 de 12 de febrero de 1998, el Plan Nacional de Numeración (PNN) que, a su vez forma parte del Plan Nacional Técnico de Telecomunicaciones;

  4. Que el PNN explica que el servicio de cobro revertido es aquel que permite que las llamadas telefónicas sean pagadas por el destinatario de la llamada para promover sus actividades y que el mismo se ha popularizado, sobre todo desde la automatización de este servicio en otros países, con la serie numérica 800. Añade dicho PNN que el desarrollo del servicio se atribuye en gran parte al uso ingenioso de nombres fáciles de memorizar por referirse a las actividades del destinatario; haciendo uso de las letras asociadas a cada cifra decádica;

  5. Que el servicio de cobro revertido identificado con la serie numérica 800-XXXX se ha utilizado generalmente desde las redes fijas, es decir por los usuarios y/o clientes del Servicio de Telecomunicación Básica Local;

  6. Que esta Entidad Reguladora sometió a consulta pública, realizada del 27 de marzo al 10 de abril de 2008, su propuesta regulatoria para que los usuarios de las redes del Servicio de Telefonía...

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