Acuerdo Municipal Nº 134 de 7 de octubre de 2008, "POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA EL ARTÍCULO OCTAVO Y SE MODIFICA EL ARTÍCULO QUINTO AL ACUERDO Mª66 DE 20 DE JUNIO DE 2005 (POR EL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS TENDIENTES A REGULAR LOS ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS AL ACOPIO, COMPRA Y VENTA DE MATERIALES METÁLICOS Y SUS DERIVADOS)".

CONSEJO MUNICIPAL DE PANAMA

Panamá, R. P.

ACUERDO Nº 134

De 07 de octubre de 2008.

Por medio del cual se adiciona el Artículo Octavo y se modifica el Artículo Quinto al Acuerdo Nº 66 de 20 de junio de 2005 (Por el cual se adoptan medidas tendientes a regular los establecimientos dedicados al acopio, compra y venta de materiales metálicos y sus derivados).

EL CONSEJO MUNICIPAL DE PANAMÁ,

en uso de sus facultades legales y,

C O N S I D E R A N D O:

Que el Consejo Municipal de Panamá, dictó el Acuerdo Nº 66 de 20 de junio de 2005, por el cual se adoptan medidas tendientes a regular los establecimientos dedicados al acopio, compra y venta de materiales metálicos y sus derivado;

Que el Ministerio de Comercio e Industrias, dictó el Decreto Ejecutivo Nº 74 de 27 de septiembre de 2006, por el cual se toman medidas relacionadas con el negocio de compra y venta de cables, desechos de cobre, plomo, sus aleaciones y baterías de fuente de poder;

Que en la Cortesía de Sala otorgada el día 23 de septiembre de 2008, a la empresa Cable & Wireless Panamá, se dio a conocer en el Pleno de esta Cámara Edilicia, las pérdidas millonarias que se registran año tras año, debido a la creciente ola de hurtos de cables, de las cuales son objeto;

Que debido al considerable incremento en el hurto de cables, desechos de cobre, plomo, sus aleaciones, baterías de fuente de poder, hierro y demás materiales metálicos, que son comprados y vendidos; se hace necesario establecer un horario, que regule de manera efectiva, a las personas naturales y jurídicas, que de manera formal o informal, se dedican a este tipo de actividad económica, ello con la finalidad de implementar los controles y fiscalizaciones tendientes a evitar la comercialización de artículos de ilícita procedencia;

Que el artículo 14 de la Ley Nº 106 de 8 de octubre de 1973 establece que: Los Consejos Municipales regularán la vida jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del respectivo Distrito;

Que el Honorable Concejal y Representante del Corregimiento de Río Abajo, Javier Ortega, quien es además, el Presidente del Consejo Municipal de Panamá, propuso al Pleno del Concejo, en la Sesión del 16 de septiembre de 2008, la elaboración y aprobación de un Acuerdo, que complemente las regulaciones...

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