Opinión N° 1-2021. Se ha solicitado a la superintendencia del mercado de valores se sirva emitir formal opinión administrativa sobre las funciones que puede realizar un ejecutivo bajo la licencia de corredor de valores y analista con domicilio permanente fuera de la república de panamá otorgada por la superintendencia del mercado de valores.

Fecha de publicación18 Febrero 2021
Fecha04 Febrero 2021
EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
No. 29221 Gaceta Oficial Digital, jueves 18 de febrero de 2021 1

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