Opinión N° 2-17. Posición administrativa: que se defina lo que la superintendencia del mercado de valores considera como ubicación geográfica del cliente y beneficiario final.

Fecha01 Febrero 2017
Fecha de publicación16 Febrero 2017
EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
No. 28220-A Gaceta Oficial Digital, jueves 16 de febrero de 2017 1

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