Opinión N° 3-2017. Posición administrativa 1. ¿puede una casa de valores con licencia expedida por la superintendencia del mercado de valores de panamá llevar a cabo sus actividades desde la república de panamá sin mantener un aviso de operaciones? 2. ¿puede una casa de valores, sin mantener un aviso de operaciones, ofrecer y prestar sus servicios a sociedades panameñas que no mantienen actividad comercial alguna en panamá? 3. ¿puede una casa de valores, sin mantener un aviso de operaciones, ofrecer y prestar sus servicios a sociedades panameñas que no mantienen actividad comercial alguna en panamá, si sus accionistas son panameños o están domiciliados en panamá?

Fecha16 Febrero 2017
Fecha de publicación02 Marzo 2017
EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
No. 28228 Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2017 1

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