Opinión N° 6-2015. Se ha solicitado a la superintendencia del mercado de valores sobre si resulta aplicable, a aquellas entidades que mantienen una licencia de asesor de inversiones, el contenido del artículo 5 del acuerdo 5-2006. así como cualquier otro artículo del mencionado acuerdo que esté relacionado a la política de "conozca a su cliente".

Fecha de publicación11 Mayo 2015
Fecha23 Abril 2015
EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
1No 27777 Gaceta Oficial Digital, lunes 11 de mayo de 2015

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