Comercio de Tercer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 3 de Agosto de 1999

PonenteJORGE LUIS LOMBARDO
Fecha de Resolución 3 de Agosto de 1999
EmisorTercer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Ha ingresado a este Tribunal Superior, el expediente contentivo del Proceso de Oposición al Registro de la Marca de Fábrica "KHAKIS BY SUBWAY Y DISEÑO", Clase Nº 25, S. Nº 086018, propuesto por DOCTOR'S ASSOCIATES INC. contra MARCAS Y SERVICIOS S.A.

El Juez Noveno de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, atendiendo la solicitud de acumulación de los procesos marcarios formulada por la parte demandante el 23 de diciembre de 1998 (ver fojas 234-236), profirió el Auto Nº 652 de veintisiete (27) de mayo de 1999 (fs.248), en cuya parte resolutiva se dispuso lo siguiente:

"DECRETA la ACUMULACION de los siguientes procesos de oposición:

Proceso de oposición promovido por DOCTOR'S ASSOCIATES INC., contra la solicitud de registro de la marca "KHAKIS BY SUBWAY Y DISEÑO", clase 25, solicitud No. 086013. presentada por la sociedad MARCAS Y SERVICIO, S.A.

Proceso de oposición promovido por DOCTOR'S ASSOCIATES INC., contra la solicitud de registro de la Marca "SUBWAY Y DISEÑO", clase 14, solicitud No.085931 presentada por la sociedad MARCAS Y SERVICIO, S.A.

Proceso de oposición promovido por DOCTOR'S ASSOCIATES INC., contra la solicitud de registro de la Marca "SUBWAY Y DISEÑO", clase 25, solicitud No.085863, presentada por la sociedad MARCAS Y SERVICIO, S.A".

Proceso de oposición promovido por DOCTOR'S ASSOCIATES INC., contra la solicitud de registro de la Marca "SUBWAY Y DISEÑO", clase 18, solicitud No. 085864. presentada por la sociedad MARCAS Y SERVICIO, S.A.

......

D. al JUZGADO OCTAVO DEL PRIMER CIRCUITO DE PANAMA, RAMO CIVIL el expediente contentivo del proceso de Nulidad y Cancelación del Certificado de Registro No. 057530 de la marca de fábrica "SUBWAY Y DISEÑO", clase 25, promovido por DOCTOR'S ASSOCIATES INC. contra la sociedad MARCAS Y SERVICIOS, S.A. en virtud de que el mismo no fue acumulado."

Al momento de notificarse del Auto Nº 652 de 27 de mayo de 1999, la firma forense ARIAS, FABREGA & FABREGA, apoderada judicial de la parte actora, promovió recurso de apelación contra dicha resolución judicial (fs.254 reverso), medio ordinario de impugnación, que luego de ser concedido en el efecto devolutivo por el Juez A-QUO, permitió el conocimiento de esta Superioridad Jerárquica en segunda instancia.

Una vez ingresado el infolio a esta instancia procesal y cumplido el saneamiento de rigor, a tenor de lo preceptuado en el artículo 1136 del Código Judicial, se fijaron los términos señalados en el artículo 1122 la misma excerta...

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