Ley Nº 37 de 1 de agosto de 2007, "QUE MODIFICA ARTICULOS DE LA LEY 108 DE 1974, QUE OTORGA INCENTIVOS A LA EXPORTACION Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES."

LEY No. 37

De 1 de agosto de 2007

Que modifica artículos de la Ley 108 de 1974, que otorga incentivos a la exportación,

y dicta otras disposiciones

LA ASAMBLEA NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1 Se modifica el literal j y se adiciona el literal s al artículo 2 de la Ley 108 de 1974, así:
ARTÍCULO 2 Para los efectos de esta Ley, se considerarán exportaciones no tradicionales las mercancías producidas o elaboradas total o parcialmente en Panamá, con excepción de las siguientes exportaciones:

...

Ganado vacuno, porcino, ovino y caballar, en pie,

...

s) Langostas y aletas de tiburón, frescas, refrigeradas o congeladas.

Artículo 2 El primer párrafo del artículo 3 de la Ley 108 de 1974 queda así:
ARTÍCULO 3 Podrán solicitar y acogerse a los beneficios de esta Ley todas las personas naturales o jurídicas que exporten bienes producidos o elaborados total o parcialmente en Panamá, de acuerdo con la siguiente clasificación:

...

Artículo 3 El segundo párrafo del artículo 5 de la Ley 108 de 1974 queda así:
ARTÍCULO 5 ...

A partir del 1 de julio de 2007 y hasta el 30 de septiembre de 2009, solo tendrán derecho a Certificado de Abono Tributario (CAT) las exportaciones de bienes de los sectores agrícola, pecuario, acuícola y pesca...

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