Resolución Nº 45/08 de 24 de junio de 2008, "POR LA CUAL SE AUTORIZA LA INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA PACIFIC ADVENTURES TOURS, INC., EN EL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO".

Resolución No.45/08

De 24 de junio de 2008

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PANAMEÑO DE TURISMO, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES;

CONSIDERANDO

Que la Gerencia General del Instituto Panameño de Turismo ha presentado para la consideración y aprobación de la Junta Directiva, la solicitud de la empresa PACIFIC ADVENTURES TOURS, Inc., sociedad inscrita a Ficha 555981, Documento 1087100, de la Sección de Micropelículas Mercantil del Registro Público, cuyo Representante Legal es Angelo I. Solanilla, para la inscripción en el Registro Nacional de Turismo del proyecto de transporte turístico marítimo, a través del bote denominado Coiba's Dophin, con el fin de obtener los beneficios fiscales de la Ley No. 8 de 14 de junio de 1994, modificada por el Decreto Ley No. 4 de 1998, por la Ley 6 de 2005.

Que mediante memorándum No. 119- I-RN-320-07 de 27 de noviembre de 2007, del Registro Nacional de Turismo, el proyecto presentado por la empresa Pacific Adventures Tours, Inc., consiste en ofrecer el servicio de transporte marítimo, a través de un bote de lujo de 26 pies, cuya descripción es la siguiente:

Capacidad para diez pasajeros

Dispondrá de cocina y servicio sanitario con ducha

Contará con las instalaciones para dormir cómodamente de cuatro a cinco pasajeros.

Dispondrá de servicios de televisión con reproductor de DVD, sistema de navegación GPS y buscador de peces (fish Zinder ) de última generación

Sistema de comunicación VHF

Servicio de comidas y bebidas (todo incluido).

Que según lo indicado en el formulario de solicitud de inscripción No. 01001 que reposa en el expediente, la empresa realizará una inversión de Treinta Mil Balboas con 00/100 (B/ 30,000.00).

Que las oficinas administrativas de la empresa Pacific Adventures Tours, Inc., estarán ubicadas en Playa Santa Catalina, Calle Principal, local FI. Computer, Corregimiento de Santa Catalina, Distrito de Soná, Provincia de Veraguas, dentro del área denominada Zona de Desarrollo Turístico de Interés Nacional, la cual fue declarada como Zona de Interés Turístico por el Consejo de Gabinete mediante Resolución No. 36 de 20 de julio de 2005.

Que la evaluación técnica concluye en que la embarcación presentada por la empresa para ofrecer el servicio de transporte turístico marítimo, cumple con los requisitos técnicos establecidos en el literal C, numeral 2 del artículo 51 y articulo 52 del Decreto Ejecutivo No.73 de abril de 1995, por medio del cual se reglamenta la Ley No.8 de 14 de junio de 1994.

Que...

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