Resolución Nº 40,224-2008-J.D. de 10 de enero de 2008, 'POR LA CUAL SE RECONOCE PARA LOS TÉCNICOS EN PERFUSIÓN CARDIOVASCULAR Y ASISTENCIA CIRCULATORIA EL PAGO DE B/.40.00 POR TURNO'.

RESOLUCIÓN N° 40,224-2008-J.D.

(De 10 de enero de 2008)

La Junta Directiva de la Caja de Seguro Social, en uso de sus facultades legales establecidas en la Ley N° 51 de 27 de diciembre de 2005, y;

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social tiene la facultad de aprobar la estructura de salarios, aplicables a los funcionarios de la Institución, según lo dispuesto en el numeral 14 del Artículo 28 de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, en concordancia con el Artículo 47 de la referida excerta legal;

Que mediante misiva de 28 de septiembre de 2005 dirigida a las autoridades de la institución el grupo Técnico en Perfusión Cardiovascular y Asistencia Circulatoria, solicita el reconocimiento y pago de turnos en base a las condiciones y similitudes de otros grupos ocupacionales del sector salud;

Que el grupo de Técnicos en Perfusión Cardiovascular y Asistencia Circulatoria es un equipo de técnico de salud que requiere de la adecuación y reordenamiento de su organización administrativa en el marco de la atención de salud;

Que la política de gestión de servicio extraordinario no se encuentra formalizada para este grupo ocupacional;

Que la clasificación establecida por la ley 51 de 27 de diciembre de 2005 como técnico de salud le da un marco de equiparación profesional con otros técnicos de salud;

Que el reglamento de turnos y horas extras que data de 1973 no contempla la regulación específica de este grupo ocupacional en vista de la reciente incorporación, evolución y dinámica que experimenta las profesiones del área de salud no prevista para aquella década;

Que el trabajo extraordinario que ejecuta semanalmente este equipo de técnicos de la salud es relevante y estratégico en el logro de las metas de reducción de la mora quirúrgica y la satisfacción de los asegurados y dependientes de la salud cardiovascular;

Que la figura de pago por turno no se encuentra formalizada para los técnicos de...

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