Resolución de Gabinete Nº 52 de 14 de mayo de 2009, 'QUE EXCEPTÚA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CONTRATISTA (ACTO PÚBLICO) Y AUTORIZA AL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS / UNIDAD ADMINISTRATIVA DE BIENES REVERTIDOS, PARA CONTRATAR DIRECTAMENTE EL TRASPASO, A TÍTULO GRATUITO (DONACIÓN), AL INSTITUTO PANAMEÑO DE DEPORTES (PANDEPORTES), DEL COMPLEJO DEPORTIVO DE MARGARITA, QUE COMPRENDE EL LOTE N°8145, CON SUS EDIFICIOS N°8145, 8146, 8147, 8148, 8148-A Y LAS PISCINAS: LA PARCELA N°230344, CON SU CANCHA DE TENIS; EL LOTE N°8143, CON SU GIMNASIO: Y LOS LOTES N°230341 Y N°230342, TODOS LOS CUALES SUMAN UNA SUPERFICIE DE 26,383.92 M2, UBICADOS EN LA COMUNIDAD DE MARGARITA, CORREGIMIENTO DE CRISTÓBAL, DISTRITO Y PROVINCIA DE COLÓN, PARA QUE, BAJO SU ADMINISTRACIÓN, SE PROMUEVA EL DEPORTE COMUNITARIO Y SE ESTABLEZCAN PROGRAMAS DE APOYO AL DEPORTE EN GENERAL, DENTRO DE ESTA PROVINCIA'.

RESOLUCIÓN DE GABINETE No.52

(De 14 de mayo de 2009)

Que exceptúa del procedimiento de selección de contratista (acto público) y autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas / Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, para contratar directamente el traspaso, a título gratuito (donación), al Instituto Panameño de Deportes (PANDEPORTES), del Complejo Deportivo de Margarita, que comprende el Lote N°8145, con sus edificios N°8145, 8146, 8147, 8148, 8148-A y las piscinas: la Parcela N°230344, con su cancha de tenis; el Lote N°8143, con su gimnasio: y los Lotes N°230341 y N°230342, todos los cuales suman una superficie de 26,383.92 M2, ubicados en la comunidad de Margarita, corregimiento de Cristóbal, distrito y provincia de Colón, para que, bajo su administración, se promueva el deporte comunitario y se establezcan programas de apoyo al deporte en general, dentro de esta provincia.

EL CONSEJO DE GABINETE.

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que, según los artículos 8 y 28 del Código Fiscal y el acápite D, numerales 3 y 6 del artículo 2 de la Ley 97 de 21 de diciembre de 1998, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas, la administración, conservación y vigilancia de todos los bienes de la República de Panamá que no estén administrados por otras entidades o cuando así expresamente lo autorice la ley, decreto de gabinete o decreto ejecutivo;

Que, mediante la Resolución de Gabinete N°108 de 27 de diciembre de 2005, se transfirieron, al Ministerio de Economía y Finanzas, las funciones de custodia y administración de los bienes de propiedad de la Nación y las demás atribuciones cuya competencia estaba asignada a la Autoridad de la Región Interoceánica, hasta el 31 de diciembre de 2005, por lo que se entiende que el Ministerio de Economía y Finanzas ha sido autorizado para este acto;

Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, en virtud de la potestad conferida por el Organo Ejecutivo, ejerce de manera privativa la administración de los bienes revertidos por ende, está facultada para arrendar, dar en concesión y vender tales bienes, de manera que se incorporen gradualmente al desarrollo integral de la Nación y se obtenga el óptimo aprovechamiento de estos recursos y el máximo beneficio para toda la República;

Que, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo N°67 de 25 de mayo de 2006, se crea la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, dentro de la estructura administrativa del Ministerio de Economía y Finanzas, adscrita al Despacho Superior y entre cuyas funciones se encuentra custodiar, conservar y administrar, durante el tiempo indispensable para su adjudicación definitiva, los bienes revertidos que, por su condición particular, así lo requieran;

Que, mediante el Decreto Ejecutivo Nº 13 de 5 de febrero del 2007, se crea la Comisión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR