Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 23 de Septiembre de 2015

PonenteNelly Cedeño de Paredes
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El licenciado C.C., en representación de J.I.B., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, demanda contenciosa administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No.206 de 26 de junio de 2007, emitida por la antigua Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales, el acto confirmatorio, y la negativa tácita por silencio administrativo en que ha incurrido el Ministerio de Economía y Finanzas, al no contestar el recurso de apelación presentado contra la resolución 206 de 26 de junio de 2007 y para que se hagan otras declaraciones. I. ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO: El acto administrativo impugnado lo es el contenido de la Resolución No.206 de 26 de junio de 2007, por medio de la cual se rechaza de plano, la solicitud de compra de un terreno, localizado en Playa Los Azules, Corregimiento de El Chirú, Distrito de A., Provincia de Coclé. II. ARGUMENTOS DE LA PARTE ACTORA: El recurrente expone como pretensión y por ende, reclama a través de su apoderado judicial, que esta instancia Colegiada declare: 1. Nula, por ilegal, la Resolución N°.206, con fecha 26 de junio de 2007, con la cual se rechaza de plano la solicitud de compra de un globo de terreno con una cabida superficial de 2871.76 metros cuadrados, localizado en Playa Los Azules, Corregimiento de El Chirú, Distrito de A., Provincia de Coclé, impetrada inicialmente por N.C.R., y ordena, el cierre y archivo del expediente; y su acto confirmatorio contenido en la Resolución N°.65 con fecha 22 de febrero de 2010, ambas emitidas por el Director de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas. 2. Que se declare nulo, por ilegal, la orden de negar la respuesta al recurso de apelación, presentado en contra del acto confirmatorio, la Resolución N°.65 con fecha 22 de febrero de 2010, emitida por el Director de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas. 3. Que luego de la declaración anterior, se adjudique a su representado un globo de terreno de 2871.76 metros cuadrados, localizado en Playa los Azules, Corregimiento de El Chirú, Distrito de A., Provincia de Coclé, que pertenece a la Nación. 4. Que se declare a la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas, como responsable de lo daños y perjuicios causados a su representado, los cuales debe pagar a su representada. III. NORMAS LEGALES INFRINGIDAS Y EL CONCEPTO DE LA INFRACCIÓN: Dentro de las disposiciones legales que el...

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