Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 8 de Abril de 2014

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El Magistrado FÁBREGA fundamenta su solicitud en que "mi primo hermano, J.R.F., en su calidad de P. de la Junta Directiva de la entidad demandada, suscribió la Resolución JD-No. 14 de 29 de agosto de 2013, que constituye el acto confirmatorio impugnado," por lo que se verifica la causal de impedimento contenida en los artículo 78 (num. 3) de la Ley 135 de 30 de abril de 1943, "Orgánica de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa", en concordancia con el numeral 5 del artículo 760 del Código Judicial, los cuales son del tenor literal siguiente: Artículo 78: Son causales de impedimento y recusación en los miembros del Tribunal de lo contenciosos-administrativo las siguientes: ... 3. Estar dentro del cuarto grado de parentesco de consanguinidad o segundo de afinidad con alguna de las partes o sus apoderados; 4. Tener interés en la actuación o tenerlo alguno de los parientes expresados en el inciso anterior ... Artículo 760. Ningún Magistrado o J. podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido. Son causales de impedimento: ... 5. Haber intervenido el J. o Magistrado, su cónyuge o alguno de sus parientes dentro de los grados indicados en el proceso como J., agente del Ministerio Público, testigo, apoderado o asesor...

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