Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 28 de Noviembre de 2013

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2013
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado C.A., actuando en representación de F.S.,ha interpuesto ante la S. Tercera de la Corte Suprema, demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nulo, por ilegal, el Resuelto N° 238 del 7 de octubre de 2009, emitido por la Asamblea Nacional, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

Mediante la resolución de 11 de marzo de 2010 (f.31), se admite la demanda de plena jurisdicción incoada, y se ordena su traslado al Procurador de la Administración, así como al P. de la Asamblea Nacional, como Ente demandado, para que rindiese el informe explicativo de conducta, contemplado en el artículo 33 de la Ley 33 de 1946.

  1. ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO

    El acto administrativo demandado, lo representa el Resuelto N° 238 del 7 de octubre de 2009, emitido por la Asamblea Nacional, en cuya parte resolutiva se dispuso lo siguiente:

    PRIMERO: DESACREDITAR del Régimen de Carrera de Servicio Legislativo a F.S., con cédula de identidad número 7-63-900, seguro social número 112-1641, adscrito al régimen de carrera de servicio legislativo con el cargo de CONTADOR II y nombrado en el cargo de ASISTENTE ADMINISTRATIVO, planilla 2, posición 2914.

    SEGUNDO: Deja sin efecto el certificado N° 098, expedido a favor de F.S..

    ...

    Contra el acto administrativo demandado ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo, el afectado con la decisión del superior, promovió y sustentó recurso de apelación; mismo que fue resuelto por medio de la Resolución N° 027 de 10 de diciembre de 2009, manteniéndose el Resuelto impugnado, y en consecuencia, se agota así, la vía gubernativa.

  2. ARGUMENTOS DE LA PARTE ACTORA

    La parte actora solicita que se declare nulo, por ilegal, el Resuelto N° 238 del 7 de octubre de 2009, emitido por el P. de la Asamblea Nacional, así como su acto confirmatorio, contenido en la Resolución N° 027 de 10 de diciembre de 2009, emitida por el Consejo de Carrera del Servicio Legislativo.

    Que a consecuencia de la anterior declaración, se ordene a la Asamblea Nacional, el reestablecimiento de la condición de servidor público de carrera de servicio legislativo del demandante.

  3. HECHOS U OMISIONES EN QUE SE FUNDA LA DEMANDA

    El licenciado C.A., apoderado judicial del recurrente, plantea como principales hechos u omisiones de la acción, los siguientes:

    "PRIMERO: F.S. es pensionado de la Caja de Seguro Social desde el Año 2008 y es funcionario de la Asamblea Nacional con categoría de carrera de servicio legislativo desde 1998.

SEGUNDO

En aplicación de las normas contenidas en la Ley 12 de 1998 sobre Carrera del Servicio Legislativo, y la Ley 16 de 2008, mi cliente fue incorporado a esa carrera, en el año 2008, previa verificación de que reunía los requisitos del cargo, tal como ordenan las normas descritas.

TERCERO

El P. de la Asamblea Nacional ha interpretado que el artículo 134 de la Ley 9 de 1994, reformado por el artículo 13 de la Ley 43 de 2009, que declara la exclusión de los servidores públicos jubilados y pensionados del sistema de carrera administrativa, le es aplicable a mi cliente y en virtud de ello ha dictado el acto administrativo impugnado.

CUARTO

El acto administrativo impugnado viola el principio de legalidad que debe regir en la administración pública, además de desconocer derechos adquiridos y deja de aplicar un conjunto de normas legales vigentes, por lo que procede su declaratoria de nulidad.

QUINTO

La "desacreditación" de la carrera de servicio legislativo no existe como acción de recursos humanos de acuerdo a la Ley 12 de 1998, sobre carrera de servicio legislativo, ni el P. de la Asamblea Nacional está facultado para aplicar semejante acción administrativa; la Ley 38 de 2000, sobre procedimiento administrativo en general, establece procedimientos para anular actos procedimientos que no fueron aplicados en el presente caso. Las mismas personas que revisaron el expediente de mi cliente para excluirlo de la carrera legislativa, decidieron en...

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