Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Noviembre de 2015

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El D.J.F.P., en representación de J.V., ha interpuesto demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Número 627-2014-S.D.G. de 30 de abril de 2014, emitida por el Subdirector General de la Caja de Seguro Social; y como consecuencia, se decrete el reintegro y el pago de los salarios dejados de percibir y demás prestaciones laborales ha que haya lugar. I. ANTECEDENTES. En los hechos presentados por el aperado especial del demandante se señala que el señor J.V., laboró en la institución demandada desde el 19 de febrero de 1974, desempeñándose en el cargo de investigador de ingresos I, en la Agencia Administrativa de la Chorrera. Detalla el apoderado legal de la parte actora, el recorrido del procedimiento administrativo que se le siguió al señor J.V. y otros, por la supuesta comisión de una falta grave consistente en la falsificación y adulteración de registros y/o documentos informáticos en el Sistema de Ingresos y Prestaciones Económicas (SIPE), a favor del empleador MANAGEMENT CONSULTING & SERVICES INC. Sostiene que, la Caja de Seguro Social debió comprobar dentro de la investigación, si lo que ocurrió al cambiar los registros informáticos a la empresa MANAGEMENT CONSULTING & SERVICES INC., fue un error humano o si fue intencional, y determinar el perjuicio causado, al igual que investigar a la empresa favorecida incluso en instancias penales. Por último alega que, existen faltas de controles administrativos en la propia institución, ya que no cuentan con las medidas de seguridad apropiadas, para realizar este tipo de tareas. II. NORMAS QUE SE ESTIMAN VIOLADAS Y CONCEPTO DE LA VIOLACIÓN. De unestudio del expediente se observa que la declaratoria de ilegalidad se sustenta en la violación por indebida aplicación del artículo 109 del Reglamento Interno de la Caja de Seguro Social (gaceta oficial 25,106 de 2 de agosto de 2004); que contempla las sanciones disciplinarias. En lo medular los cargos de violación de esta norma fueron sustentados en los siguientes puntos: III. INFORME DE CONDUCTA DEL FUNCIONARIO DEMANDADO. A fojas 28 a 31 del expediente, figura el informe explicativo de conducta, suscrito por el Director General de la Caja de Seguro Social, en el que se detalla que la remoción del cargo aplicada al señor J.V. se fundamentó en las graves faltas administrativas cometidas por el propio demandante en perjuicio de los intereses de la Caja de Seguro Social, y en abierta contravención del Reglamento Interno de Personal vigente; medida aplicada luego de una prolija y minuciosa investigación de los hechos denunciados y después de haber comprobado su acaecimiento y la evidente responsabilidad del actor. Manifiesta que, la institución cumplió con la obligación de apegar su actuación al trámite legal propio del tipo de procedimiento que se le siguió al señor J.V., respetando las garantías constitucionales y legales del debido proceso. Sostiene que, luego de investigar los hechos en que se fundamenta la destitución de varios funcionarios de la entidad, que consiste en la introducción de modificaciones ilegítimas en el archivo electrónico de empleadores de la empresa Management Consulting & Services, Inc., traspasando una morosidad de esta empresa a una de persona natural, identificada como Mini Super el Vencedor, cuyo dueño es el señor Á.C.; concluye que éste hecho se dio con la clave y usuario del señor J.V. quien en su declaración señala que era el único con acceso a su clave. Considera que de las pruebas documentales y testimoniales recabadas, se constata que el traspaso de la morosidad de Management Consulting & Services, Inc. a otra empresa ficticia (Mini Super El Vencedor), se da para hacer dicha deuda incobrable, lo que resulta en un perjuicio de los intereses para la entidad demandada y, de la que se identificó como responsable a varios funcionarios, entre ellos el señor J.V., lo que a su vez demuestra la falta de honestidad y lealtad de dichos funcionarios hacia la Caja de Seguro Social. IV. OPINIÓN DE LA PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN. El Procurador de la Administración, mediante su Vista Fiscal No. 340 de 9 de junio de 2015, visible a fojas 32 a 39 del dossier, le solicita a los Magistrados que integran la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, que denieguen las pretensiones formuladas por el demandante, pues no le asiste el derecho invocado. Sustenta su opinión en que, la medida de la cual fue objeto se originó con una investigación administrativa ordenada por la entidad con el propósito de determinar si se...

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