Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 17 de Diciembre de 2014

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: La firma forense BTR LAW FIRM (Bonilla-Troya-Ruíz), quien actúa en representación de A.V.B., presentó escrito de solicitud de intervención en calidad de tercero dentro de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula por ilegal, el contenido de la Resolución No.19139 de 9 de junio de 2014, dictada por el Servicio Nacional de Migración, el acto confirmatorio, y para que se hagan otras declaraciones. FUNDAMENTO DE LA SOLICITUD El apoderado judicial de la señora A.V. sustenta su petición en que, la legitimación sustantiva y procesal para intervenir como tercero dentro de la acción contenciosa administrativa por parte de su representada, se fundamenta en la consideración segunda (II) de los hechos u omisiones del libelo de la demanda contenciosa administrativa de plena jurisdicción incoada por J.R.C., para que se declare nula por ilegal la Resolución 19139 del 9 de junio de 2014, emitida por el Director General del Servicio Nacional de Migración, confirmada mediante Resolución 19694 del 13 de junio de 2014; toda vez que dentro del precitado hecho el accionante manifiesta que su mandante, como parte actora y contraparte dentro del proceso de expulsión seguido al señor C. por el Servicio Nacional de Migración. Igualmente, alega que la señora A.V. tiene un interés directo a las resultas de este juicio, debido a que ha sido víctima de las conductas inapropiadas, instigamientos, improperios y amenazas por parte del señor J.R.C.. Advierte que, el señor C. perpetró ilegalmente en el domicilio laboral de la señora V., es decir, la Gerencia del hotel Valle Escondido en la provincia de Chiriqui, actuación que mantiene un proceso penal en la Personería Municipal de B. por la presunta comisión del Delito de Inviolabildiad del Domicilio o Lugar de trabajo. En virtud de las consideraciones expuestas, solicita a la Sala que se le admita como tercero en el presente proceso. DECISIÓN DE LA SALA Evacuados los trámites de rigor, se procede a resolver la presente controversia. En primer lugar, se observa que la señora A.V. requiere intervenir como tercero, dentro de la acción contenciosa administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula por ilegal la Resolución 19139 del 9 de junio de 2014, emitida por el Director General del Servicio Nacional de Migración, a través de la cual, se cancela la visa de permiso provisional de residente permanente por solvencia económica propia por inversión en bienes...

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