Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 5 de Agosto de 2014

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: En grado de apelación conoce el resto de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, el recurso promovido por el licenciado A.P. contra la Resolución de 30 de junio de 2011, que no admitió la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción presentada para que se declare nula por ilegal, la Resolución N° AN-4051-Telco de 30 de noviembre de 2010, dictada por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones. FUNDAMENTO DE LA APELACIÓN En lo medular, el apelante fundamenta sus objeciones en lo siguiente: La argumentación del magistrado ponente consiste en que el acto impugnado (Resolución N° 4051-Telco de 30 de noviembre de 2010) es de aquellos que no resuelve el fondo del asunto, pues en el mismo se decidió rechazar de plano el recurso de revisión administrativa interpuesto por la firma Cochez-Martínez & Asociados, es una interpretación errónea del tenor literal del artículo 42 de la Ley 135 de 1943. El Ponente no hizo el test que exige la norma in comento... La norma legal es clara y exige en la frase "siempre y cuando estas decidan el fondo del asunto, directa o indirectamente, de modo que le pongan término al asunto o hagan imposible su continuación", la realización de un test legal sobre los efectos de la decisión. ... 3. Bajo ningún concepto, la interpretación del Recurso de Revisión Administrativo pretendía la reapertura de la vía gubernativa... Cuando se interpone el Recurso de Revisión Administrativa contra la Resolución N° AN 3837-Telco de 14 de septiembre de 2010, esta resolución había agotado la vía gubernativa y estaba ejecutoriada. ... Si el magistrado ponente hubiese revisado el Recurso de Revisión Administrativo interpuesto por la firma COCHEZ/MARTÍNEZ contra la Resolución N° AN 3837- Telco de 14 de septiembre de 2010, se hubiese percatado que el mismo estaba amparado en el literal d, numeral 4 del artículo 166 de la Ley 38 de 2000. Dicha norma legal expresamente señala que la Revisión Administrativa es contra Resoluciones que agoten la vía gubernativa, para lograr la anulación de la resolución... 4.- La Resolución N° AN 4051-Telco de 30 de noviembre de 2010 es el acto originario, porque rechaza de plano el Recurso de Revisión Administrativa y al hacerlo esta providencia de trámite afecta el fondo del asunto, indirectamente y pone término al proceso, impidiendo su continuación. Rechazar de plano significó, por sus efectos legales, dejar en la...

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