Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Noviembre de 2015

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El Magistrado L.R.F., somete a consideración del resto de los Magistrados que integran esta S., que se le declare impedido para conocer de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción presentada por el Licenciado Irving I.D.B., quien actúa en representación de Econo-Finanzas S.A., con el objeto de que la S. Tercera de la Corte Suprema de Justicia declare nula, por ilegal, la Resolución No.1032649 del 15 de julio de 2011, emitida por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, los actos confirmatorios y para que se hagan otras declaraciones.. El Magistrado L.R.F. señala que lo anterior obedece a que la Resolución No. 1032649 de 15 de julio de 2011, dictada por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre, cuya ilegalidad se solicita a través de la presente demanda, fue suscrito por el licenciado J.R.F. en su calidad de D. General de dicha entidad, con el cual le une un vínculo de parentesco (primos). y en aras de preservar la transparencia que debe mantener la administración de justicia, solicita se declare impedido con fundamento en el artículo 760 numeral 1 y 2 del Código Judicial, y el numeral 1 y 2 del Código Judicial, el numeral 3 y 4 del artículo 78 de la Ley 135 de 1943, que rezan lo siguiente: "Artículo 760: Ningún magistrado o juez podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido. Son causales de impedimento: 1. Parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad entre el J. o su cónyuge, y alguna de las partes; 2. Tener interés debidamente acreditado en el proceso, el J. o Magistrado, su cónyuge o alguno de sus parientes en los grados expresados en el ordinal anterior; ...". "Artículo 78. Son causas de impedimento y recusación en los miembros del Tribunal de lo Contencioso-administrativo las siguientes: ... 3. Estar dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con de las partes o sus apoderados; 4. Tener interés en la actuación o tenerlo alguno de los parientes expresados en el inciso anterior." Al analizar la...

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