Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 31 de Agosto de 2015

PonenteNelly Cedeño de Paredes
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: La firma C.F.&Co. Abogados, actuando en nombre y representación de CARLOS JOHEL PINTO, ha interpuesto ante la Sala Tercera demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 2008-023 de 31 de enero de 2008, dictada por el Director Nacional de Recursos Minerales del Ministerio de Comercio en Industrias, los actos confirmatorios y para que se hagan otras declaraciones. Encontrándose el presente proceso en el período probatorio, el licenciado C.J.P. presentó escrito recibido en la Secretaría de la Sala Tercera el día 6 de agosto de 2015, que consta a foja 133, en el que solicita lo siguiente: " . Que procedemos en este acto a partir de la presentación de este memorial, a revocar de forma íntegra el poder conferido a la firma C.F. & CO. ABOGADOS de generales conocidas en autos. . Que en virtud de lo anterior y en nuestra calidad de abogado de la República de panamá bajo idoneidad expedida No.8988, asumimos y ejercemos nuestra propia representación judicial. . Que en calidad de parte y apoderados judiciales del caso, presentamos formal desistimiento de la pretensión, tomando en cuenta que lo pretendido con la pretensión a estas alturas no podría cumplir su fin. En virtud de lo anterior, pedimos a esta Máxima Cámara de Justicia, que acceda a la revocatoria de poder requerida, se nos tenga como nuestros propios apoderados dentro del presente negocio y se acceda a nuestra solicitud de desistimiento de la pretensión y archivo del expediente." El ordenamiento contencioso administrativo contempla la posibilidad de desistir de los recursos que sean propuestos, tal como lo establece el artículo 66 de la Ley...

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