Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 20 de Mayo de 2015

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El apoderado legal de L.V.S.A., tercero interesado, ha presentado recurso de reconsideración contra la Resolución de 17 de noviembre de 2011, por medio de la cual la S. Tercera de la Corte Suprema de Justicia, accedió a la solicitud de suspensión provisional de los efectos de la Resolución No.100-2011 de PLENO/TADECP de 17 de octubre de 2011, dictada por el Tribunal de Contrataciones Públicas, y para que se hagan otras declaraciones. Mediante Resolución No. 100-2011 de PLENO/TADECP de 17 de octubre de 2011, resolvió lo siguiente: "PRIMERO: ANULAR lo actuado por la Entidad Licitante a través de la Resolución No. 1103-RA de 15 de octubre de 2010, proferida por el Ministerio de Gobierno, por la cual se adjudicó al CONSORCIO FIRE & RESCUE EQUIPMENT CORP S.A. (FIRECORP)/ ROSENBAUER AMERICA LLC, el Renglón No. 1 y No. 2 de la Licitación Abreviada por Mejor Valor No. 2010-0-04-0-08-AV-000726, para la adquisición de cinco (5) vehículos de extinción de incendios chasis comercial 4 x 4, quince (15) vehículos de extinción chasis comercial, para el uso del cuerpo de bomberos de la República de Panamá, por un monto de cinco mil sesenta balboas con 72/100 (B/.5,060,492.72). SEGUNDO: DESESTIMAR las pretensiones de la recurrente L.V.S.A., en el sentido de que se le pondere su oferta, en virtud de que la misma incumple con las exigencias del Pliego de Cargos. TERCERO: ORDENAR la devolución a la Recurrente consignante, la Fianza de Recurso de Impugnación quien adjuntó el libelo del Recurso en concepto de Fianza de Recurso de Impugnación No. 072-001-000011539-000000 de 22 de octubre de 2010, expedido por la empresa afianzadora Compañía Internacional de Seguros S.A., emitida a orden del Tribunal Administrativo de Contrataciones; como B.: Ministerio de Gobierno y Justicia/Contraloría General de la República, por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 60/100 (B/. 849,962.60), que equivale al quince por ciento (15%) del valor de su propuesta, presentada ante la Secretaría del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas. (V. a foja 028 y cuya Diligencia de Consignación reposa a fija 029 del Expediente del Tribunal respectivamente) y por lo tanto ordenará su devolución de conformidad al procedimiento indicado por la Contraloría General de la República al respecto. CUARTO: DEVOLVER el expediente Administrativo del Acto Público de la Licitación Abreviada por Mejor Valor No. 2010-0-04-0-08-AV-000726, contentivo de...

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