Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 13 de Mayo de 2015

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El licenciado L.P., en representación de O. delC.Q., ha interpuesto demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción para que se declare nulo, por ilegal, el Decreto Ejecutivo de Personal No.112 de 2 de febrero de 2012, emitido por conducto del Ministro de Economía y Finanzas. I. LO QUE SE DEMANDA: 1. Que es Nulo por ilegal, el Acto Administrativo contenido en el Decreto Ejecutivo de Personal No. 112 dictado el 2 de febrero de 2012, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas, por el cual se remueve o desvincula, esto es, se destituye a la Señora Osiris del C.Q.O., del cargo que desempeñaba en dicha Entidad Estatal, como Secretaria con funciones de planificador I, en la Oficina de Planificación Provincial de Coclé. 2. Que es Nulo por ilegal, el Acto Administrativo contenido en la Resolución No.043 proferida por el Lic. F. de Lima, Ministro de Economía y Finanzas, el 1 de marzo de 2012, mediante el cual se confirma el contenido del Decreto Ejecutivo de Personal No.112 dictado el dos (2) de febrero de 2012, como Acto Confirmatorio del igualmente acto administrativo descrito en la declaración anterior. 3. Que se ordene al actual Ministro de Economía y Finanzas, reintegrar a O. delC.Q.O., a las labores habituales que desempeñaba en el Ministerio de Economía y Finanzas, quien al momento de su ilegal destitución dentro de dicha entidad se desempeñaba como Planificador I, en la Oficina de Planificación Provincial de Coclé. 4. Que se ordene al Ministro de Economía y Finanzas, efectuar a O. delC.Q.O., el pago de los salarios que corren desde la fecha de su ilegal destitución y hasta que se haga efectivo su reintegro. 5. Que se ordene al Ministro de Economía y Finanzas, efectuar a O. delC.Q.O., el pago de las costas y gastos que se derivan de este proceso. II. ANTECEDENTES. En los hechos presentados por el apoderado judicial del demandante se pone de manifiesto que la Señora Osiris del C.Q. laboraba en la institución demandada, ocupando el cargo de Planificador Central I, de la cual fue removida y desvinculada de la Administración Pública mediante el acto impugnado No.112 de 2 de febrero de 2012 y confirmado por la Resolución No.DS/OIRH-No.043 de 1 de marzo de 2013, quedando agotada la vía gubernativa. Luego del agotamiento de la vía gubernativa, en tiempo oportuno, el apoderado legal de la demandante presentó el negocio que nos ocupa, denunciando que el acto proferido por conducto del Ministro de Economía y Finanzas fue emitido, bajo el argumento que la funcionaria era de libre nombramiento y remoción, luego de entrar en vigencia la ley 43 de 2009, que "dejo sin efecto todos los actos de incorporación de servidores públicos a partir de la ley 24 de 2007, en todas las instituciones públicas." III. NORMAS QUE SE ESTIMAN VIOLADAS Y CONCEPTO DE LA VIOLACIÓN. Según la parte actora, el Decreto Ejecutivo de Personal No.112 de 2 de febrero de 2012, emitido por conducto del Ministro de la Economía y Finanzas infringe, las siguientes normas: · Ley Nº 9 de 1994, Que Regula la Carrera Administrativa. -Artículo 96 (derechos de los servidores públicos) en concepto de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR