Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 22 de Abril de 2015

Número de expediente170-15
Fecha22 Abril 2015

VISTOS: La firma forense Morgan & Morgan, actuando en representación de la sociedad CARGAS LARRINAGA, S.A.,ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución N° 201-5618 de 17 de mayo de 2012, emitida por la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, sus actos confirmatorios, y para que se hagan otras declaraciones. El Magistrado Sustanciador procede a la revisión del líbelo de la demanda, a fin de verificar si cumple con los requisitos que hacen viable su admisión, advirtiendo en este punto, que la parte actora ha incluido una solicitud de medida cautelar, para que sean suspendidos en forma provisional, los efectos del acto administrativo que se impugna. DECISIÓN DE LA SALA Corresponde entonces a esta Colegiatura, decidir sobre la procedencia de la petición de naturaleza cautelar, de conformidad con la facultad que nos otorga el artículo 73 de la Ley N° 135 de 1943; previa las siguientes consideraciones. Señala la jurista M.Á., que la suspensión provisional tiene como finalidad "evitar que en un lapso de tiempo no se produzca la ejecutividad y ejecutoriedad del acto administrativo impugnado y que le ocasiona un perjuicio o lesiona un interés subjetivo a quien demanda ante los estrados judiciales". (Las Medidas Cautelares en la Jurisdicción Contencioso Administrativa Una Propuesta, M.Á.C., Pág. 115). Parael doctor R.F.: "la suspensión del acto impugnado no es un problema sustancial o de pura esencia administrativa, sino al contrario, un problema procesal que entraña por sí mismo un interés de enormes proporciones jurídico-materiales que puede afectar la eficacia temporal del acto o disposición administrativa impugnada en el proceso principal." (J.E.F.R., citando a M.M.R., en la "Suspensión del Acto Administrativo en la Vía Administrativa y Judicial", Cuarta Edición, Ediciones Mundo Gráfico, S.A., S.J., Costa Rica, 1999, Pág. 35). De igual forma, el autor G. De Enterría considera la suspensión provisional como: "...una medida de carácter provisional y cautelar, llamada a asegurar la integridad del objeto litigioso (suspensión en vía de recurso) o a garantizar la imposición del criterio del ente u órgano superior que ostente la tutela o el control sobre el autor del acto (suspensión como medida de tutela o control) en tanto se produce una decisión definitiva sobre la validez del mismo". (citado por...

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