Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Mayo de 2016

PonenteCecilio A. Cedalise Riquelme
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2016
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: La firma forense Owens & Watson, que actúa en nombre y representación de la empresa TALLERES INDUSTRIALES, S.A., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, con el objeto que se declare nula, por ilegal, la Resolución N°2194-2012-S.D.G., de 17 de septiembre de 2012, dictada por el Subdirector de la Caja de Seguro Social, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones. Mediante Auto de 3 de septiembre de 2014, se admitió esta Demanda Contencioso Administrativa y se ordenó remitirle copia de la demanda al Director General de la Caja de Seguro Social, para que rindiese informe explicativo de conducta; además, a través de esta resolución se le corre traslado al señor O.C.G., como tercero en el presente proceso. El 3 de septiembre de 2014, se efectuó diligencia para notificar al señor O.C.G. e igualmente, se realizó otra el 9 de septiembre de 2014; no obstante, tal como consta a foja 52 del expediente, esta última diligencia de notificación resultó infructuosa, pues no se pudo encontrar a este señor, resultando totalmente desconocido en el área. A foja 53, reposa el Edicto E. N°16-15 de 17 de marzo de 2015, mediante el cual el Magistrado Sustanciador, en representación de la Sala Tercera, emplaza a O.C.G., para que en el término de diez (10) días contados a partir de la última publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional, comparezca por sí sola o por medio de apoderado judicial a hacer valer sus derechos dentro de la demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción presentada por la firma forense Owens & Watson, en representación de TALLERES INDUSTRIALES, S.A.. De igual forma, se le advierte al emplazado que de no comparecer dentro del término señalado, se le nombrará defensor de ausente con quien se proseguirá la demanda. A foja 55 del expediente, reposa la certificación de 13 de mayo de 2015, suscrita por la Secretaria de la Sala Tercera, en la que hace constar que los días miércoles 6, jueves 7, viernes 8, sábado 9 y domingo 10 de mayo de 2015, fue publicado en la Estrella de Panamá, diario de circulación nacional, el Edicto E. 16-2015, de diecisiete (17) de marzo de 2015, a nombre de O.S.G.. Consta a foja 56 del expediente, el informe secretarial de 28 de mayo de 2015, a través del cual se le informa al Magistrado Sustanciador que en el presente proceso, el término E. venció sin que el tercero interesado hubiese comparecido al proceso por sí o por medio de...

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