Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 11 de Mayo de 2017

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2017
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Licenciado R.E.C.N. en nombre y representación de R.C.S. ha interpuesto demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción a fin que se declare nula la Resolución No.DCF-2014-056 de 5 de agosto de 2014, emitida por el Consejo Académico de la Universidad de Panamá, aprobada mediante Resolución No.26-14-SGP de 6 de agosto de 2014, celebrada en el Consejo Académico Ampliado, Reunión No.18-14 de 6 de agosto de 2014 y para que se hagan otras declaraciones.

PRETENSIONES

Las pretensiones contenidas en la demanda son las siguientes:

"

  1. Se declare nula por ilegal el Acta de Toma de Posesión, Número de Formulario 503 de 19 de septiembre de 2014, de la profesora Idalides González (sic erat scriptum), con cédula No.8-219-302, como profesora titular I, para el que fue designada mediante Resolución No.14-01-11-01-147-6, del 15 de septiembre de 2014, a partir del 19 de septiembre de 2014, en la Facultad de Administración de Empresa y Contabilidad.

  2. Se declare nula por ilegal, la Acción de Personal distinguida como Formulario No.503, Resolución No.14-01-11-01-147-6, del 15 de septiembre de 2014, donde se le adjudica a la profesora I.G. (sic erat scriptum), con cédula No.8-219-302, como profesora titular I, tiempo parcial, a partir del 19 de septiembre de 2014, en la Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad.

  3. Se declare nula por ilegal, el Informe del Concurso de una posición para profesor regular en el Área de Operaciones Empresariales, del Departamento de Desarrollo de la Empresa de la Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad, Campus, bajo el registro No.01-1106-06-01-11, del Consejo de Facultades de Tecnología, Ciencias Naturales, Exactas y Ciencias Administrativas de la Universidad de Panamá, en su reunión No.10-13, celebrada el 29 de octubre de 2013.

  4. Se declare nula por ilegal la Resolución No.38-14 SGP del 6 de mayo de 2014, del Consejo de Facultades de Tecnología, Ciencias Naturales, Exactas y Ciencias Administrativas de la Universidad de Panamá, que resuelve el recurso de reconsideración y,e) Se declare nula por ilegal igualmente la Resolución No.26-14-SGP de 6 de agosto de 2014, expedida por el Consejo Académico de la Universidad de Panamá, mediante la cual se deniega el recurso de apelación interpuesto por mi persona y se adjudica la posición de Profesor Regular en el Área de Operaciones Empresariales, del Departamento de Desarrollo de la Empresa de la Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad, Campus, a la profesora I.I.G.G., en la categoría de Titular I, ya que obtuvo 239.50 y tiene 29 años como profesora en la Universidad de Panamá.f) Que como consecuencia de las declaraciones anteriores se proceda a realizar un reajuste en la sumatoria de los puntos obtenidos por la profesora I.I.G.G. en el Área de Operaciones Empresariales, del Departamento de Desarrollo de la Empresa de la Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad, Campus, bajo el Registro No.01-1106-06-01-11, conforme lo estipula el Estatuto y Reglamentos de la Universidad de Panamá.g) Igualmente luego de este reajuste se le otorgue a mi representado la cátedra objeto de este proceso, por quedar con mejor puntaje."

HECHOS EN QUE SE FUNDAMENTA LA DEMANDA.

Señala la parte actora que la Universidad de Panamá, a través de la Secretaría General, abrió a concurso una posición para profesor regular en el Área de Operaciones Empresariales, del Departamento de Desarrollo de la Empresa de la Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad, Campus, bajo el registro No.01-1106-06-01-11, que se apertura el 04 de marzo de 2013 a las 8:00 am y se cerró el 04 de abril de 2013 a las 4:00 P.M.

Que en dicho concurso participó el señor R.C. así como los profesores C.M.G.R., con cédula de identidad personal No.3-112-34 y la profesora I.I.G.G., con cédula de identidad personal No.3-112-34, otorgándole 286.23 puntos.

Que como consecuencia de lo anterior el Consejo de Facultades de Tecnología, Ciencias Naturales, Exactas y Ciencias Administrativas, decido declarar ganador del concurso al profesor C.M.G.R., con cédula de identidad personal No.3-112-34, otorgándole 286.23.

Disconforme con esta decisión, el señor R.C. interpuso formal recurso de reconsideración, con apelación en subsidio sustentándose el mismo, en tiempo oportuno, y siendo confirmado en todas sus partes mediante Resolución No.38-14 SGP del 6 de mayo de 2014, del Consejo de Facultades de Tecnología, Ciencias Naturales, Exactas y Ciencias Administrativas de la Universidad de Panamá.

Indica que igualmente el Consejo Académico de la Universidad de Panamá, mediante Resolución No.26-14-SGP de 6 de agosto de 2014, deniega el recurso de apelación interpuesto por nuestro representado y modifica la adjudicación de la posición de Profesor Regular en el Área de Operaciones Empresariales del Departamento de Desarrollo de la Empresa de la Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad, Campus, otorgada al profesor C.M.G.R., en virtud de su renuncia; y se lo otorga a la profesora "I.I.G.G. en la categoría de Titular I, ya que obtuvo 239.50 puntos, como profesora en la Universidad de Panamá."

Señala que los títulos de Licenciatura en Economía y el Doctorado en Ciencias Económicas y Empresariales de la Profesora Idalidis I.G.G. fueron mal evaluados por la Comisión Evaluadora de Títulos de la Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad, porque fueron ubicados en todas las áreas (incluyendo Operaciones Empresariales) del Departamento de Desarrollo de la Empresa de la Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad.

Además indica que al título de licenciatura en Economía, de la P.I.I.G.G., se le otorgó 30 puntos en el área de especialidad, cuando debió ser ubicado en área afin con 15 puntos, porque califica en otras áreas del Departamento de Desarrollo de la Empresa de la Facultad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR