Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 21 de Abril de 2017

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución21 de Abril de 2017
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La Firma Morgan & Morgan, quien actúa en nombre y representación de la Sociedad HIDROELÉCTRICA BARRILES S.A., ha promovido ante esta Superioridad, Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nula por ilegal, la Nota ARACH-2121-10-15 de 6 de octubre de 2015, emitida por la Dirección Regional de Chiriquí del Ministerio de Ambiente, su acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

Al examinar el libelo de la presente demanda, a fin de determinar la admisibilidad de la misma, el Magistrado Sustanciador advierte que el acto demandado no es de los actos que se consideran demandables en la jurisdicción contencioso administrativa, en virtud de que el mismo se constituye en un acto de mera comunicación que no decide el fondo del asunto que allí se plantea, ni pone término o hace imposible su continuación, además de que no es un acto administrativo destinado a crear, modificar, transmitir o extinguir por sí mismo una relación jurídica.

El contenido del acto demandado (Nota ARACH-2121-10-15 de 6 de octubre de 2015), proferida por la Dirección Regional de Chiriquí del Ministerio de Ambiente, es del tenor siguiente:

Por medio de la presente le comunicamos que en base la revisión del expediente y a la inspección realizada por parte del personal técnico de la Dirección Regional de Chiriquí, el día 13 de mayo del 2015; se solicitó a la Dirección de Protección de la Calidad Ambiental, verificar el estatus de la Vigencia de la Resolución IA- 315- 2010 de 11 de mayo de 2010, por la cual fue aprobado el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Mini Hidroeléctrica Barriles.

En respuesta, la Dirección de Protección de la Calidad Ambiental, mediante MEMORANDO DIPROCA-DCCA-503-2015, con fecha del 01 de octubre de 2015, comunica que el Proyecto Mini Hidroeléctrica Barriles se encuentra no vigente.

Adjunto copia del MEMORANDO DIPROCA-DCCA-503-2015

Vale la pena indicar, que mediante la Nota ARACH-2121-10-15, objeto de examen en el presente proceso, emitida el 6 de octubre de 2015, por la Administradora Regional de la Provincia de Chiriquí del Ministerio de Ambiente, sólo se le comunica a la sociedad Hidroeléctrica Barriles, el estatus de la vigencia del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Minihidroeléctrica Barriles, en virtud de la facultad atribuida a los Administradores Regionales del Ministerio de Ambiente (antes ANAM)...

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