Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 9 de Marzo de 2020

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2020
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 09 de marzo de 2020

Materia: Acción contenciosa administrativa

Plena Jurisdicción

Expediente: 1083-19

VISTOS:

El Licenciado L.R.G.G., actuando en nombre y representación de JOSÉ DE LA C.C.J., ha presentado ante la S. Tercera de la Corte Suprema de Justicia, Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nulo, por ilegal, el Decreto de Personal N° 147 de 19 de agosto de 2019, emitido por el MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, su acto confirmatorio, y para que se hagan otras declaraciones (fs. 2-18).

Al proceder al examen de admisibilidad de dicha demanda, el Tribunal se percata que la parte actora ha solicitado la suspensión provisional de los efectos del citado acto administrativo; petición que nos avocamos a resolver enseguida, no sin antes determinar cuál es el acto administrativo impugnado, así como los argumentos que fundamentan la solicitud impetrada.

I.A. administrativo impugnado.

Mediante el Decreto de Personal N° 147 de 19 de agosto de 2019, acusado de ilegal, el Órgano Ejecutivo, por conducto del MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (MIDA), resolvió lo siguiente:

"ARTÍCULO PRIMERO: Dejar sin efecto el nombramiento del servidor público J.C....en el cargo de Jefe de Análisis y Programación de Sistemas, Código No.0104060, Posición No.40603, S.rio Mensual de B/.4,000.00...

ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer al servidor público las prestaciones económicas que por ley le corresponden.

ARTÍCULO TERCERO: Se advierte al interesado que contra el presente Decreto sólo procede el Recurso de Reconsideración, del cual podrá hacer uso dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.

..." (fs. 19-20).

  1. Fundamento de la solicitud de suspensión provisional.

    Al sustentar la presente solicitud de suspensión provisional, el apoderado judicial del actor, se limita a señalar lo siguiente:

    "VI. SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DEL ACTO IMPUGNADO

    Solicitamos muy respetuosamente a la S. Tercera de la Corte Suprema de Justicia que una vez presentada y previo a la admisión, se ordene la SUSPENSIÓN del acto administrativo impugnado por esta vía, toda vez que de cumplirse y continuar sus efectos conllevaría un evidente desmejoramiento de la salud de mi representado, tanto en lo físico como en lo emocional, al no contar con el suficiente recurso para hacerle frente a la enfermedad que padece y de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR