Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 11 de Febrero de 2020

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2020
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 11 de febrero de 2020

Materia: Acción contenciosa administrativa

Plena Jurisdicción

Expediente: 645-19

VISTOS:

El Procurador de la Administración ha interpuesto Recurso de Apelación contra el Auto de 19 de agosto de 2019 (fj. 103 del expediente judicial), mediante el cual se admitió la Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción interpuesta por la firma ARIAS, FÁBREGA & FÁBREGA, actuando en nombre y representación de BLUE STAR MARINE COMPANY LTD, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución N° 106-S-93-DGMM de 24 de diciembre de 2018, emitida por la Dirección General de Marina Mercante (Autoridad Marítima de Panamá), y para que se hagan otras declaraciones.

ARGUMENTOS DEL APELANTE

El Procurador de la Administración fundamenta el Recurso de Apelación mediante Vista N°1077 de 15 de octubre de 2019, visible de fojas 109 a 116 del expediente judicial, medularmente en los siguientes términos:

"...

La oposición de la Procuraduría de la Administración a la admisión de la demanda se fundamenta en que la recurrente no ha cumplido a satisfacción con lo establecido en el numeral 4 del artículo 43 de la Ley 135 de 1943, modificado por el artículo 28 de la Ley 33 de 1946, de acuerdo con el cual toda demanda contencioso administrativa debe contener "la expresión de las disposiciones que se estiman violadas y el concepto de la violación", lo que conlleva la realización de un análisis lógico jurídico en el que, partiendo de hechos concretos, se confronta el acto impugnado con el contenido de las disposiciones que se dicen vulneradas, de modo que, a través de ese ejercicio, la S. Tercera pueda establecer si dicho acto es contrario o no a nuestro ordenamiento legal.

En esa línea de pensamiento, este Despacho observa que en su demanda la accionante, Blue Star Marine Company LTD, establece el apartado denominado "DISPOSICIONES LEGALES INFRINGIDAS Y CONCEPTO DE LA INFRACCIÓN"; sin embargo, el mismo presenta deficiencias; así, si bien transcribe el contenido de ciertas normas que estima infringidas, omite en desarrollar o explicar, de manera cónsona y precisa, las razones por las cuales considera que el acto acusado de ilegal, vulnera las mismas, lo que imposibilita interpretar o entender con exactitud la forma como se ha violado una determinada normativa o disposición, lo que impiden determinar con certeza de que manera se puede apreciar las alegadas infracciones (Cfr. fojas 15-17 del expediente judicial).

...".

OPOSICIÓN AL RECURSO

Por su parte, la firma ARIAS, FÁBREGA & FÁBREGA, actuando en nombre y representación de BLUE STAR MARINE COMPANY LTD, presenta memorial visible de foja 121 a 128 del expediente, a través del cual se opone al Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador de la Administración, explicando los motivos por los cuales considera que la demanda es...

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