Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, 16 de Octubre de 2007

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2007
EmisorSala Tercera de lo Contencioso Administrativo

VISTOS:

El licenciado G.B.D., ha interpuesto demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, en representación de Inversiones Cabañas Uaguitupu, S., para que se declare nulo, por ilegal, la Resolución No. 03/05/V.F. de 21 de febrero de 2005, emitida por la Tesorería Municipal de Panamá, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

  1. Contenido del Acto Administrativo Impugnado:

    El demanda propuesta pretende la declaratoria de ilegalidad y por consiguiente la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución No. 03/05/V.F. de 21 de febrero de 2005, expedida por la Tesorería Municipal de Panamá, en la cual se decide lo siguiente.

    "Considerar a la empresa Inversiones Cabañas Uaguitupu, S., Contribuyente Municipal, 02-2004-1405, como defraudadora del fisco municipal.

    Conminar al contribuyente 02-2004-1405 al pago de la suma total de B/7,191.30,...

    Gravar a la sociedad Inversiones Cabañas Uaguitupu, S., Contribuyente Municipal, 02-2004-1405, con la suma de B/75.00 mensuales en concepto de impuestos por la actividad de otras actividades lucrativas no especificas, (renta 1125-9901) a partir del mes de febrero 2005.

    Gravar a la sociedad Inversiones Cabañas Uaguitupu, S., Contribuyente Municipal, 02-2004-1405, con la suma de B/15.00 anuales en concepto de impuesto de ròtulo (renta 1125-3002), a partir del año 2006.

    ...."

    Este acto administrativo fue impugnado dentro de la vía gubernativa, por lo que la parte actora, a su vez, solicita que a partir de la declaración de ilegalidad de la Resolución No. 03/05/V.F. de febrero de 2005, en consecuencia se resuelva lo mismo en torno a la Resolución No. 579-05 de 20 de octubre de 2005, dictada por la Junta Calificadora Municipal del distrito de Panamá, a través de la cual se decidió sobre la reconsideración instaurada y se puso término al procedimiento dentro de la administración.

  2. Disposiciones Legales que se estiman V. y el Concepto de la Infracción:

    El demandante alega de manera singular, que la Resolución No. 03/05/V.F de 2005, viola el artículo 57 de la Ley No. 106 de 1973, de manera directa por comisión en virtud de que el Municipio de Panamá a través del acto acusado ha intentado cobrar un impuesto municipal a la empresa Inversiones Cabañas Uaguitupu, S., aún cuando esta tiene ubicada su hotel en la Comarca de San Blas, hoy conocida como Comarca K.Y., y de acuerdo al mencionado artículo 75 de la Ley 106 de 1973, los Municipios solamente están autorizados para gravar los establecimientos turísticos domiciliados en su distrito, más no los que se radiquen fuera de la su jurisdicción local.

  3. Informe Explicativo de Conducta:

    Luego de darse el traslado de la demanda, el Tesorero Municipal del distrito de Panamá, presentó su Informe de Conducta a través de memorial consultable a foja 29 a 32, en el que rechaza los argumentos de ilegalidad vertidos en la demanda y explica su actuación en los términos siguientes:a) La sociedad Inversiones Cabañas Uaguitupu, S., propietaria del restaurante C.D.L., ubicado en Vía España, Edificio Costa del Sol, planta baja, con número de contribuyente 02-2004-1405, fue sometida a un proceso por defraudación fiscal en atención a que no había sido registrada en el Municipio de...

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