Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala TS de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, 26 de Julio de 2007

PonenteMaría Eugenia López Arias
Fecha de Resolución26 de Julio de 2007
EmisorSala TS de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor

VISTOS:

Procedente del Juzgado Noveno de Circuito, Ramo Civil, del Primer Circuito Judicial de la provincia de Panamá, cursa ante esta Sede de Apelación, en razón de recurso de apelación interpuesto por los apoderados judiciales de la sociedad BAYER, S.A. contra el Auto Nº 1071 de veintinueve (29) de noviembre de dos mil seis (2006) (fs.21-22),el Proceso de Oposición al Registro Sanitario del producto de nombre comercial "ALIANZELL 80 WG" FUNGICIDA A BASE DE FOSETIL ALUMINIO (80% p/p), incoado por la sociedad BAYER,S.A. contra la empresa ZELL CHEMIE INTERNATIONAL, S.L.

En el fallo judicial objeto de impugnación la Juez A Quo resolvió inhibirse del conocimiento de la demanda incoada en representación de la empresa BAYER, S.A. aduciendo razones de competencia, ya que no se persigue la oposición al registro de una marca o nombre comercial que ostente la empresa demandada, sino el registro sanitario de un producto plaguicida químico presentado ante la Dirección Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, entidad encargada de conceder dichos registros y de establecer un procedimiento administrativo de oposiciones.

Anunciado oportunamente el recurso impugnativo por la firma forense JIMÉNEZ, MOLINO Y MORENO, procuradores judiciales de la empresa SYNGENTA, S.A. (fs.22, reverso), éste fue concedido por la Juez Primaria en el efecto suspensivo, tal y como se aprecia en la providencia fechada dieciocho (18) de junio de 2007 (fs.23), que dispone además la remisión del expediente a esta Segunda Instancia.

Observadas las reglas del reparto y no siendo necesaria la adopción de medidas de saneamiento, se le concedió a la parte recurrente, el término contemplado en el artículo 193 del Estatuto de Propiedad Industrial (fs.28), mismo que aprovechó, al presentar su escrito de sustentación del recurso, visible de fojas 30 a 32 del expediente.

En el citado memorial, la firma forense JIMÉNEZ, MOLINO Y MORENO, a través del Licenciado E.M.G., objeta el fallo de primer nivel indicando que éste ha traído como resultado que exista incertidumbre en cuanto a quién es el ente o la autoridad jurisdiccional encargada de resolver este tipo de controversias, relativas a los Procesos de Oposición a los Registros Sanitarios.

Expresa el jurista que esta indefensión se ve agravada al confrontar lo decidido por el juzgado primario con las Resoluciones No.DNSV-Nº02-05 de 26 de agosto de 2005 y DNSV-Nº03-05 de 27 de octubre de 2005 emitidas por la Dirección de Sanidad Vegetal del Ministerio de Comercio e Industrias (sic), dentro del Proceso de Oposición instaurado en contra del Registro Sanitario de otro producto denominado "PANAZHOPOS 40 EC" y en las que dicha oficina resolvió declararse inhibida para conocer de este tipo de procesos, por falta de competencia.

Enfatiza el Licenciado MOLINO GARCÍA que la disconformidad de su representado consiste en que la empresa ZELL CHEMIE INTERNATIONAL, S.A. pretende obtener el registro del producto ALIANZELL 80 WG, utilizando información confidencial que proviene de estudios hechos al ingrediente activo FOSETIL ALUMINIO (80% p/p); en circunstancias que BAYER, S.A. no les suple producto, material grado técnico ni les ha concedido autorización para que utilicen dichos resultados obtenidos en sus estudios de análisis, como respaldo y sustento de su solicitud de registro. Esta actuación, alega el recurrente, es evidentemente lesiva a los derechos de propiedad industrial que detenta su poderdante, lo que se configura en un tema de competencia de los Tribunales establecidos por la Ley 29 de 1996, en su artículo 141, modificado por el artículo 222 de la Ley 35 de 1996.

Culmina el apelante su escrito, solicitándole a esta M. la suspensión del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR