Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 22 de Diciembre de 2009

PonenteHipólito Gill Suazo
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense De Obaldía & García De Paredes, actuando en nombre y representación de la sociedad GENEVA ASSET MANAGEMENT, S.A., ha presentado demanda de plena jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución CNV No. 135-07 de 11 de mayo de 2007, emitida por la Comisión Nacional de Valores, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

Mediante el acto acusado la Comisión Nacional de Valores sancionó a la Casa de Valores Geneva Asset Management, S.A., y al señor R.L.W., por las sumas de B/.3,000.00 y B/.1,000.00 respectivamente, por violación al Decreto Ley No.1 de 1999, y los Acuerdos 5-2003 de 25 de junio de 2003 y 9-2001 de 6 de agosto de 2001, todos sobre al mercado de valores en Panamá. Igualmente, el referido acto amonestó a la señora M.A.L., por inobservancia de lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 7 del Acuerdo 9-2001 de 6 de agosto de 2001.

La resolución CNV No. 135-07 de 11 de mayo de 2007, fue confirmada en todas su partes mediante la resolución CNV No. 166-07 de 26 de junio de 2007, en virtud del recurso de reconsideración que interpuso la parte actora.

  1. PRETENSIONES DE LA PARTE ACTORA:

    La parte actora solicita a esta Sala declarar lo siguiente:

    PRIMERO: Que es ilegal, y por lo tanto nula, la Resolución No. CNV No.135-07 de 11 de mayo de 2007, mediante el cual se impone una multa por la suma de tres mil balboas (B/.3,000.00), por la supuesta violación a los artículos 6, 8 numeral 2 y 3, artículo 19, numeral 1, literal b, del Acuerdo 5-2003 de 25 de junio de 2003.

    ...

    TERCERO: Que se declare nulo por ilegal el Acto Confirmatorio proferido mediante la Resolución No.166-07 de 26 de junio de 2007, mediante la cual niega el recurso de reconsideración en contra de la Resolución No.CNV 135-07 de 11 de mayo de 2007.

    ...

    QUINTO: Que se declare, que ni la sociedad GENEVA ASSET MANAGEMENT, S.A., ni los Señores (sic) RICARDO LO WONG violaron los Artículos 6, Numeral 1, literal b del Acuerdo 5-2003 de 25 de junio de 2003. De igual forma, solicitamos se declare que la Licenciada M.A.L. tampoco ha violado lo dispuesto en el Artículo 7 Numeral 2 del Acuerdo 9-2001.

    SEXTO: Que se declare, que GENEVA ASSET MANAGEMENT, S.A., el Licenciado Ricardo Lo y la Licenciada M.A.L. han cumplido en los trámites relacionados con la cuenta de inversión de los señores CARLOS TANG y D.T., cumpliendo con la normativa vigente en materia de valores sobre registro de órdenes de compra archivo de las transacciones información que debe suministrarse a los clientes.

  2. FUNDAMENTO DE LAS PRETENSIONES DE LA EMPRESA DEMANDANTE:

    Plantea el apoderado judicial de la empresa, que la entidad demandada profirió el acto acusado, interpretando subjetivamente la normativa vigente, al exigir requisitos no establecidos en la Ley, respecto a las confirmaciones de ejecución de orden y estados de cuentas, sin considerar el procedimiento utilizado por la empresa demandante, a través de la empresa Pershing, corresponsal en Estados Unidos que remite el día subsiguiente a la transacción, la confirmación de ejecución de orden.a en su contra.

  3. DISPOSICIONES LEGALES ESTIMADAS COMO INFRINGIDAS:

    La primera norma que el apoderado legal de la empresa considera, ha sido infringida lo es el literal b, del numeral 1 del artículo 19 del Acuerdo 5-2003 de 25 de junio de 2003, que obliga a las casas de valores y asesoras de inversiones a enviar (no entregar) dentro del día hábil siguiente de realizada una transacción, un documento (de confirmación) en el que se expresarán todos los datos relacionados con esta

    En segundo lugar, se estima infringido, por indebida aplicación, lo dispuesto en el numeral 3, del artículo 8 del Acuerdo 5-2003, relativo a las normas generales del registro de órdenes, específicamente a la necesidad de establecer los medios necesarios para la identificación de ordenantes en aquellas...

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