Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 14 de Agosto de 2008

PonenteJacinto Cárdenas M
Fecha de Resolución14 de Agosto de 2008
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma Servicios Legales y Asociados, en representación de COMPAÑÍA RAGUSA, S.A., interpuso ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la negativa tácita por silencio administrativo, incurrido por la Tesorería Municipal del Municipio de Panamá, al no resolver el recurso de reconsideración con apelación en subsidio, contra la Resolución No. 1589 de 29 de febrero de 2008 y se hagan otras declaraciones.

En su libelo, el apoderado del actor pidió al Magistrado Sustanciador que, antes que decida lo relativo a la admisión de la demanda, pida al funcionario demandado que certifique si el Recurso y Apelación en Subsidio, presentado contra la Resolución No. 1589 de 29 de febrero de 2008 fue o no resuelto. (Ver f. 7).

No obstante lo anterior, el Magistrado Sustanciador procede a examinar la demanda para determinar si cumple los requisitos y presupuestos para ser admitida y advierte que la misma no debe admitirse debido a que el acto impugnado en la demanda, según se desprende del poder y del libelo de la demanda, en el apartado de "LO QUE SE DEMANDA", lo constituye la negativa tácita por silencio administrativo incurrido por la Tesorería Municipal del Municipio de Panamá, al no resolver el recurso de reconsideración con apelación en subsidio, contra la Resolución No. 1589 de 29 de febrero de 2008. De ello se concluye, que la...

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