Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 27 de Marzo de 2009

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma A., F. &R., actuando en nombre y representación de CORPORACIÓN M & S INTERNACIONAL C. A., S.A., ha interpuesto demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 213-6973 de 19 de noviembre de 2007, proferida por la Administradora Provincial de Ingresos, Provincia de Panamá, así como sus actos confirmatorios contenidos en la Resolución No. 213-0046 de 4 de marzo de 2008, emitida por la Administradora Provincial de Ingresos, así como en la Resolución No. 205-128 de 16 de junio de 2008, dictada por la Comisión de Apelaciones de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.

Mediante la Resolución No. 213-6973 de 19 de noviembre de 2007, se resolvió lo siguiente:

PRIMERO: RECHAZAR la solicitud de no aplicación del cálculo alterno de impuesto sobre la renta (CAIR), para el período fiscal 2006 del contribuyente CORPORACIÓN M & S INTERNACIONAL, S.A. con R.U.C. No. 409464-1-1106 representada legalmente por I.A.I.R. con cédula de identidad personal No. 8-173-756, con dirección fiscal en Edificio Tower, Piso No. 12, Oficina No. 1213, Corregimiento de Bella Vista, Distrito de Panamá, Provincia de Panamá, ya que al objetarle diferencia el gasto de Salarios y otras remuneraciones por B/.1,982,844.49 y pagos a Corporación M & S Internacional Costa Rica por 1,407,000.00, se determinó que la Tasa efectiva resulta ser de 8.90%, inferior al 30% de que dispone el artículo 699 del Código Fiscal.

SEGUNDO: INFORMAR al contribuyente CORPORACIÓN M & S INTERNACIONAL, S.A., lo siguiente:

2.1. Que el Impuesto sobre la Renta de su Declaración Jurada de Rentas correspondiente al período fiscal 2006 debe ser pagado conforme al Cálculo Alterno del Impuesto sobre la Renta (CAIR).

2.2. Que el impuesto Estimado de su Declaración Estimada de Renta para el período fiscal 2007 debe ser pagado conforme al Cálculo Alterno del Impuesto sobre la Renta (CAIR); y

2.3. Que la Dirección General de Ingresos se reserva el derecho de fiscalizar sus operaciones para corroborar que cumplan con las disposiciones de la Ley 6 de 2005 y el Decreto Ejecutivo 170 de 1993, así como las demás disposiciones fiscales vigentes.

Mediante la Resolución No. 213-0046 de 4 de marzo de 2008, emitida por la Administradora Provincial de Ingresos, se resolvió mantener en todas sus partes la Resolución No. 213-6973 de 19 de noviembre de 2007.

A su vez, la Resolución No. 205-128 de 16 de junio de 2008, proferida por la Comisión de Apelaciones de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, dispuso lo siguiente:

Primero: CONFIRMAR en todas sus partes la Resolución No. 213-6973 de 19 de noviembre de 2007 y su acto confirmatorio contenido en la Resolución No. 213-0046 de 4 de marzo de 2008, mediante la cual la Administración Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá resolvió RECHAZAR la solicitud de no aplicación del Cálculo Alterno del Impuesto Sobre la Renta (CAIR), que aparece en la Declaración Jurada de Rentas del contribuyente CORPORACIÓN M & S INTERNACIONAL C.A., S.A. con R.U.C. No. 409464-1-1106; para el período fiscal 2006.

  1. FUNDAMENTO DE LA SOLICITUD:

    La solicitud de suspensión provisional ha sido fundamentada en los siguientes términos:

    Tal y como ha quedado expuesto en este escrito, las violaciones a las normas por parte de la resolución demandada y sus actos confirmatorios es palmaria: el Fisco pretende aplicar a hechos ocurridos en el 2003 y 2004 una Ley que no entró a regir sino hasta...

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