Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 1 de Septiembre de 2008
Ponente | Jacinto Cárdenas M |
Fecha de Resolución | 1 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral |
VISTOS:
La firma forense A., F. &R., actuando en nombre y representación de LEO BURNETT PANAMÁ, S.A., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, a fin de que se declare nula por ilegal, la Resolución No.213-773 de 14 de febrero de 2006, emitida por la Administradora Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá, del Ministerio de Economía y Finanzas, por medio de la cual se resolvió exigir a la hoy demandante el pago del impuesto sobre la renta por remesas al exterior en concepto de honorarios por la suma de catorce mil trescientos ochenta y nueve balboas con 18/100 (B/.14,389.18), así como sus actos confirmatorios contenidos en la Resolución No.213-6871 de 29 de octubre de 2007, emitido por la Administradora Provincial de Ingresos, así como en la Resolución No.205-94 de 6 de mayo de 2008, emitida por la Comisión de Apelaciones de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.
El Magistrado Sustanciador procede a examinar el libelo, en vías de determinar si cumple con los requisitos que hacen viable su admisión, y en este punto advierte que la parte actora ha incluido en la demanda, una solicitud especial a fin de que sean suspendidos provisionalmente, los efectos del acto impugnado.
I LA RESOLUCIÓN DEMANDADA
El acto demandado como hemos dicho anteriormente, consiste en la Resolución N°213-773 de 14 de febrero de 2006, emitida por la Administración Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá, mediante la cual se resuelve lo siguiente:
"EXIGIR al contribuyente LEO BURNETT PANAMA, S.A., con domicilio en Avenida Balboa, Edificio Balboa Point, Piso 7, Corregimiento de Bella Vista, Provincia de Panamá, con el R.U.C. N°.32095-49-246231, representada legalmente por I.S., con pasaporte N°. A-1395322, el pago del Impuesto Sobre la Renta por Remesas al Exterior en concepto de Honorarios por la suma de CATORCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BALBOAS CON DIECIOCHO CENTÉSIMOS (B/.14,389.18), para los años 2001, 2002, 2003 y 2004.
::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::". (el resaltado es nuestro)
II LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN
La solicitud de medida cautelar es sustentada por el demandante, señalando lo siguiente:
"Tal y como ha quedado expuesto en este escrito, las violaciones a las normas materiales y procesales por parte de la resolución demandada y sus actos confirmatorios es palmaria. En el evento de que no se suspendan los efectos del acto demandado...
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