Resolución Nº 59/10 de 7 de mayo de 2010, 'POR LA CUAL SE ORDENA LA CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA POODLE POSSE GROUP, S.A., PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE ALOJAMIENTO PÚBLICO DENOMINADO PEACOCK BEACH, EN VIRTUD DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA LIC. ESTHER DE FRÍAS DE URIBE, MEDIANTE MEMORIAL FECHADO EL 19 DE ABRIL DE 2010'.

RESOLUCION No. 59/ 10

De 7 de mayo de 2010.

LA DIRECTORA DE DESARROLLO E INVERSIONES TURISTICAS DE LA AUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución No. 95/08 de 23 de diciembre de 2008, el Administrador General Encargado de la Autoridad de Turismo de Panamá resolvió autorizar la inscripción de la empresa POODLE POSSE GROUP, S.A., inscrita a Ficha 537166, Documento 1006173, de la Sección de Micropelículas Mercantil del Registro Público, en el Registro Nacional de Turismo, para que la misma se pudiese acoger a los beneficios fiscales establecidos en el Artículo 1 de la Ley No. 58 de 28 de diciembre de 2006, para la construcción de un Complejo Hotelero con ochenta (80) suites, denominado Peacock Beach, con una inversión declarada de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.54,780,000.00).

Que mediante memorando No. 119-1-RN-217 de 29 de abril de 2010, el Registro Nacional de Turismo, de la Dirección de Desarrollo e Inversiones Turísticas, remite el expediente de la empresa POODLE POSSE GROUP, S.A., con el propósito de que se realicen los trámites pertinentes para cancelar la Resolución No. 95/08 de 23 de diciembre de 2008, por medio de la cual se ordena la inscripción de la misma en el Registro Nacional de Turismo, en base al memorial presentado por la Licenciada Esther de Frías, en su condición de Representante Legal de la empresa.

Que la solicitud de la Representante Legal de la empresa POODLE POSSE GROUP, S.A., está basada en el hecho de que la Autoridad Nacional del Ambiente, mediante Resolución No. DIEORA IA Reac-011-2008 de 6 de diciembre de 2008, rechaza el Estudio de Impacto Ambiental Categoría II, para la ejecución del proyecto Peacock Beach. Dicha Resolución fue notificada a la empresa el día 17 de marzo de 2009.

Que de acuerdo a certificación emitida por el Registro Nacional de Turismo, mediante memorándum No. 119-1-RN-217 fechado el 29 de abril de 2010, la empresa POODLE POSSE GROUP, S.A., no ha hecho uso del incentivo de exoneración del impuesto de importación de materiales, equipos y enseres y no ha iniciado la construcción del proyecto Peacock Beach.

Que en base a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 1 de la Ley No. 58 de 28 de diciembre de 2006, según consta en la Resolución No. 95/08 de 23 de diciembre de 2008 y en el Certificado de inscripción de la empresa POODLE POSSE GROUP, S.A., en el Registro Nacional de Turismo, el cual...

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