Acuerdo Nº 002 de 18 de febrero de 2008, "POR EL CUAL SE FIJA EL PRECIO DE LOS LOTES DE TERRENO UBICADOS EN EL DISTRITO DE CALOBRE, A FAVOR DE SUS OCUPANTES, EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS (PRONAT)."

REPUBLICA DE PANAMA

PROVINCIA DE VERAGUAS

CONCEJO MUNICIPAL DE CALOBRE

ACUERDO MUNICIPAL Nº 002

De 18 de febrero de 2008

"Por el cual se fija el precio de los lotes de terreno ubicados en el Distrito de Calobre, a favor de sus ocupantes, en el marco del Programa Nacional de Administración de Tierras (PRONAT)."

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CALOBRE,

EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES

CONSIDERANDO:

Que este Concejo Municipal, por mandato legal debe velar por el cumplimiento específico de los fines señalados en el Artículo 230 de la Constitución Nacional, referente al desarrollo social y económico de su población.

Que mediante Acuerdo Municipal Nº 001 de 18 de febrero de 2008, por el cual se reglamenta el procedimiento de adjudicación de lotes de terreno en el Distrito de Calobre, se establece que en atención al interés social y familiar de los moradores del Distrito de Calobre, se fijará el precio de los lotes de terreno que no podrá exceder el valor por metro cuadrado refrendado conforme a los avalúos practicados por el Ministerio de Economía y Finanzas y la Contraloría General de la República.

Que este Concejo Municipal considera necesario fijar el precio de los lotes de terreno que estén ubicados en el ejido municipal existente en el Distrito de Calobre, así como aquellos lotes de terreno que sean identificados conforme al proceso de lotificación, medición y catastro, efectuado por la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales, para concretizar el proceso de titulación masiva en beneficio de los moradores del Distrito de Calobre y que empezará a regir a partir de su sanción.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO

FIJAR como en efecto se fija, el precio de los lotes de terreno ubicados en las áreas, globos de terreno y ejidos municipales que la Nación haya traspasado o traspase a favor del Municipio de Calobre de acuerdo con las categorías que se describen en el siguiente artículo.

ARTICULO SEGUNDO

Las categorías de precios serán las siguientes:

CATEGORIA I: Avenida Central y calles aledañas del Corregimiento de Calobre, Distrito de Calobre a un valor de veinticinco centésimos de balboas (B/.0.25), por metro cuadrado.

CATEGORIA II: Corregimientos de La Yeguada, El Potrero, Las Guías, La Raya de Calobre, a un valor de diez centésimos de balboas (B/.0.10), por metro cuadrado.

ARTICULO TERCERO

Que este Acuerdo Municipal deberá publicarse por el...

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