Resolución Nº 201-3661 de 30 de septiembre de 2008, "POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DEL INFORME DE ASEGURADORAS APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN 201-1182 DE 2008, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 201-1977 DE 2008"

Ministerio de Economía y Finanzas

Dirección General de Ingresos

Resolución No. 201-3661

(de 30 de septiembre de 2008)

"Por medio de la cual se modifica el plazo de presentación del Informe de Aseguradoras aprobado mediante Resolución 201-1182 de 2008, modificada por la Resolución 201-1977 de 2008"

EL DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS

En ejercicio de sus facultades legales

CONSIDERANDO:

Que el Decreto de Gabinete N° 109 de 7 de mayo de 1970, en sus artículos 5 y 6 establecen la responsabilidad del Director General de Ingresos por la permanente adecuación de los procedimientos administrativos, facultándolo para regular las relaciones de los contribuyentes con el Fisco, en aras de mejorar el servicio y facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Que el artículo 20 del Decreto de Gabinete N° 109 de 7 de mayo de 1970, señala que la Dirección General de Ingresos, está autorizada para recabar de las entidades públicas, privadas y terceros en general, sin excepción, toda clase de información necesaria e inherente a la determinación de las obligaciones tributarias, a los hechos generadores de los tributos o de exenciones, a sus montos, fuentes de ingresos, remesas, retenciones, costos, reservas, gastos entre otros, relacionados con la tributación, así como información de los responsables de tales obligaciones o de los titulares de los derechos de exenciones tributarias.

Que el Decreto Ejecutivo N° 233 de 2007 autorizó a la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas para establecer los formularios, informes y toda aquella información que los contribuyentes y terceros en general deben reportar al Fisco.

Que mediante Resolución N° 201-1182 de 18 de abril de 2008 este Despacho adoptó y aprobó nuevos informes de control tributario a ser reportados a este Despacho a partir del día 1 de enero de 2008, fijando como plazo de presentación de los informes de compras de bienes y servicios, el 30 de junio de 2008.

Que mediante Resolución N° 201-1977 de 24 de junio de 2008, se extendió el plazo de presentación hasta el 30 de septiembre de 2008.

Que este Despacho con el objeto de optimizar y facilitar el cumplimiento a los obligados a reportar información ante el fisco, ha decidido extender el plazo hasta el 2 de enero de 2009, para presentar el Informe de Aseguradoras - Certificación de Gastos Médicos por Asegurado.

Que el Departamento de Informática y Procesos, ha verificado la adecuación y el...

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